Alexander Pineda
@DiarioCoLatino
Un ciudadano pidió a la Sala de lo Constitucional que se pronuncie sobre la demanda de inconstitucionalidad admitida en enero de 2017 en contra del artículo 109 de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), que faculta al presidente de la República reformar el reglamento de la ley.
El demandante Eduardo Escobar sostiene que, tras más de tres años, el tribunal constitucional aún no ha emitido un pronunciamiento sobre el recurso. El recurso fue presentado a fines de 2016 y admitido en 2017.
En un escrito presentado este miércoles a la Corte Suprema de Justicia, el demandante expone que el presidente Nayib Bukele, reformó recientemente los artículos 58, 61, 65, 65-A, 68 y 66-A, del reglamento de la LAIP. Alega que la modificación del artículo 61 transfiere facultades administrativas y organizacionales del pleno de comisionados al comisionado presidente, cuando la ley establece que las decisiones al interior del Instituto de Acceso a la Información Pública se toman por mayoría simple del pleno.
También, expone que la reforma al artículo 58, literal G, reúne los procesos de apelación y de controversia cuando estos son de naturaleza distinta, “esta reforma también violenta la reserva de ley y configura un exceso en la potestad reglamentaria del presidente de la República”, argumenta. Las modificaciones derogaron el artículo 66-A, que facultaba a cualquier persona o institución a impugnar candidaturas a comisionados del IAIP.
El demandante pidió a la Sala de lo Constitucional decrete la suspensión temporal de la aplicación y los efectos de la norma bajo control, como medida cautelar mientras resuelve sobre la procedencia de la demanda.
El pasado 31 de agosto en el Diario Oficial se publicó el decreto ejecutivo con las modificaciones al reglamento de la LAIP, abogados y portavoces de distintas organizaciones civiles han externado que esta reforma constituye un intento más del Ejecutivo por controlar el IAIP.