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Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Fernando López presentó reformas a la Ley de Medio Ambiente, para imponer sanciones a los infractores que dañan el medio ambiente. Foto Diario Co Latino/Samuel Amaya

Piden reformar el artículo 89 de la Ley de Medio Ambiente

Samuel Amaya
@SamuelAmaya98

El ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Fernando López presentó una iniciativa de ley en la Asamblea Legislativa en la que busca reformar el artículo 89 de la Ley General de Medio Ambiente, para hacer efectivas las sanciones económicas a aquellas personas u organizaciones/empresas que infrinjan daños al medio ambiente.

A juicio del funcionario, la iniciativa que podría convertirse en ley se convertirá en la base para “reparar un daño histórico que ha sufrido el medio ambiente en nuestro país”. Dijo, además, que son varias reformas a la Ley de Medio Ambiente que permitirán como Gobierno poder actuar en caso de alguna infracción ambiental.

“Recordemos que en el año 2015 el artículo 89 fue declarado inconstitucional por la Sala de lo Constitucional, permitiendo así la impunidad de los delitos ambientales. Nosotros como Gobierno estamos conscientes de la necesidad grande que tiene el medio ambiente en nuestro país”, sostuvo López.

Según Fernando López, algunos beneficios que traería esta reforma a El Salvador será, que se podrá “controlar los delitos ambientales, vamos a poder tomar acciones en caso de delitos ambientales que hasta este día quedan impunes porque no hay ninguna sanción, porque la ley no tenía los dientes”, expuso.

Las sanciones serán de tipo económicas, dependiendo de la infracción. Así como una posible clausura temporal o definitiva así como la revocación del permiso ambiental.

Según la iniciativa presentada por el ministro, las multas se establecerán en salarios mínimos mensuales, equivaliendo cada salario mínimo mensual a treinta salarios mínimos diarios para el sector comercio y servicio.

Las infracciones menos graves se sancionarán con multa de 2 a 100 salarios mínimos mensuales, y las graves con multas de ciento uno a cinco mil salarios mínimos mensuales. Según menciona la iniciativa, corresponderá a la autoridad sancionadora calificar la infracción. Las sanciones administrativas no exoneran al sancionado de la responsabilidad civil y penal en que incurra.

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