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Mario Ponce, diputado presidente de la Asamblea Legislativa presenta informe el cumplimiento de la sentencia de Inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía. Foto Diario Co Latino/ Cortesía.

Ponce dice que Asamblea ha cumplido al aprobar Ley de Justicia Transicional

Joaquín Salazar
@JoakinSalazar

El diputado presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, rindió su informe en la Audiencia Especial de seguimiento ante la Sala de lo Constitucional. En su pronunciamiento, Ponce manifestó que la “Asamblea Legislativa como actor principal en el proceso de formación de Ley ha cumplido con la aprobación del decreto legislativo 575”.

El Decreto 575 contempla la Ley Especial de Justicia Transicional, Reparación y Reconciliación Nacional, el cual fue aprobado el 26 de febrero del 2020 y vetado por el presidente de la República dos días después. Ante esto, Ponce dijo que la Comisión Política de la Asamblea Legislativa ya se encuentra en estudio la posibilidad de superación del veto presidencial.

Además, aseguró que dicha Ley contempla medidas para responder en el menor tiempo posible a las exigencias de las víctimas y sus familiares y de la sociedad en general, sobre las investigaciones, el enjuiciamiento, el esclarecimiento de la verdad y la sanción a los responsables de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Sin embargo, aclaró que no es actor único en dicho proceso de formación de ley. “La justicia transicional no es un método para acabar con todos los defectos de una sociedad, las prolongadas luchas sociales y políticas en pro de la justicia y la igualdad de oportunidades pueden beneficiarse de la justicia transicional, pero no se acaban con ella no es un tipo concreto de Justicia, como la reparadora la distributiva, es la aplicación a determinadas circunstancias de una política basada en los Derechos Humanos”, sostuvo.

Por su parte, el Ejecutivo, que envió una representación, argumentó que el decreto 575 da una sensación de impunidad, ya que ante la gravedad de los crímenes de lesa humanidad que se pudieron haber cometido o la gravedad de los derechos que se pudieron haber afectado a consecuencia del conflicto armado, la proporcionalidad de las penas, por ejemplo, el caso de la utilidad pública como trabajos de utilidad pública establecidos en el artículo 61 del anteproyecto de ley, considerados como valladares para la obtención de una auténtica justicia, lo cual motivó al ejecutivo la utilización del veto.

En cuanto al trabajo el Ministerio de Relaciones Exteriores, remitió un informe sobre el resultado del trabajo de las comisiones de búsqueda de personas desaparecidas y reportó que hasta octubre de 2020 se han registrado 357 casos de personas desaparecidas. En el caso de niños y niñas desaparecidas ha habido 110 casos resueltos de los cuales 38 se han reencontrado presencialmente, 5 han sido reencuentro virtuales y 16 se encuentran en proceso de reencuentro presencial con su familia biológica.

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