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Miembros de AJUPUBES denuncian que la derecha legislativa modificara el artículo 120 de la Ley SAP, con la interpretación auténtica que va en contra de los pensionados. Foto Diario Co Latino/Ludwin Vanegas.

Preocupados por modificación a la interpretación auténtica de la Ley SAP

Yaneth Estrada
@caricheop

Muy preocupados por la reciente modificación tras la interpretación auténtica al artículo 120 de la Ley SAP, la Asociación de Jubilados, Pensionados y Beneficiarios de El Salvador (AJUPUBES) denunció a la derecha del país por defender a las AFP y no los derechos de la población.

Yolanda Fabián, presidenta de AJUPUBES, explicó que durante esa última plenaria del 2018 hubo varias “anomalías” para la modificación a la interpretación del artículo 120 de la Ley SAP, tomando en cuenta que se pidió modificar la agenda porque se quería incorporar una pieza, también se pidió dispensa de trámite y luego se puso como primer punto.

Ahora, “con la reforma se legaliza que la pensión mínima por sobrevivencia o invalidez no sea financiada en su totalidad por la aseguradora, sino que en el caso de existir un diferencial entre el cálculo de la pensión de referencia y la mínima vigente, este sea asumido a cargo de la cuenta individual de ahorro o la cuenta de garantía solidaria”, explicó.

Además, se verificó que las AFP al no hacer los ajustes correspondientes para que ninguna pensión sea menor a la mínima vigente, se benefician por el pago de una prima menor del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia del Ahorro para Pensiones, contrario a lo establecido en la ley, disminuyendo sus costos operativos y, por lo tanto, aumentando sus utilidades.

Anomalías para su aprobación

El pasado 20 de diciembre, a iniciativa del diputado del PDC Rodolfo Parker, se pidió modificar el inciso final del artículo 120 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP), en el sentido de que “el ajuste al que se refiere el mismo, no forma parte del cálculo de la pensión de referencia. En ningún caso realizar un incremento del beneficio a pagar a nivel del monto de pensión mínima vigente aplica una modificación al valor de la pensión de referencia. Las pensiones por invalidez y sobrevivencia se financiarán con recursos de la cuenta individual de ahorro para pensiones y cuando corresponda, con recursos de la Cuenta de Garantía Solidaria”.

Cuando anteriormente (en la última reforma de 2017), se estableció que “el cálculo del capital técnico, necesario para el pago de pensiones por invalidez y sobrevivencia la pensión de referencia del causante se determinará como un porcentaje del salario básico regulador. El 50 % del salario básico regulador en los casos de afiliados que fallezcan o que tengan derecho a percibir pensión por invalidez total, y el 36 % del salario básico regulador en el caso de los afiliados que tengan derecho a percibir pensión por invalidez parcial.

En el caso que el cálculo resultante de las pensiones referidas sea inferior al valor de la pensión mínima vigente ($207.60) por invalidez o sobrevivencia, estas deberán ajustarse a dicho monto mínimo”.

Por lo tanto, los miembros del AJUPUBES piden al Presidente de la República Salvador Sánchez Cerén vetar esta modificación e instan a los partidos de derecha no lucrarse de algo tan humano como lo es la pensión por invalidez o sobrevivencia.

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