Yaneth Estrada
@caricheop
El Presidente de la República, Salvador Sánchez Cerén devolvió vetada a la Asamblea Legislativa, la “Ley Transitoria para Regularizar la Situación Tributaria de los Contribuyentes y Facilitar el Pago de las Obligaciones Tributarias a Favor del Estado”, aprobada por PDC, PCN y GANA el 1 de junio pasado.
Dicho decreto serviría para los contribuyentes pudieran presentar declaraciones o ampliar las presentadas para el pago de los impuestos adeudados con las Direcciones Generales de Impuestos Internos y de Aduanas (AT), Impuesto sobre la Renta de 2009 a 2015; Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios de enero de 2009 a diciembre de 2016; y Otros impuestos administrados por la AT de enero de 2009 a diciembre de 2015.
Sin embargo, el mandatario consideró que la Sala de lo Constitucional ya estudia si una ley similar, la “Ley transitoria para facilitar el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias aduaneras” aprobada el 4 de septiembre de 2014, el cual es inconstitucional debido a la renuncia del Estado de cobrar las obligaciones tributarias.
Recalcó que aprobar el decreto 688 implicaría que la Administración Tributaria está prohibido por una medida cautelar de la Sala.
Y advierte que dicha regulación crearía “un régimen privilegiado para ciertos contribuyentes” en la tasa de impuestos, multas e intereses.
Además, otra razón del veto es que cambia el cálculo del impuesto generado en el pasado, cambiando la cuantía de la deuda tributaria, lo que implicaría la retroactividad de ley, prohibida por la Constitución. Lo que también afectaría el principio de certeza y claridad legislativa.
Respaldan el veto
Anteriormente, el Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales (ICEFI) externo, a través de un comunicado de prensa, expresó su rechazo a esta medida. Aunque reconoce que es necesario regularizar a muchos contribuyentes y facilitarles el pago de sus obligaciones tributarias, pero, reiteró que “en ningún caso este objetivo justifica medidas injustas o ilegítimas como las aprobadas”.
Mencionó que el decreto contiene tasas especiales del impuesto sobre la renta (ISR) inferiores a las de carácter general, “por tanto violan los principios de equidad y justicia tributaria y constituirse en un mal precedente al otorgar un régimen privilegiado y blando para quienes no cumplen con sus obligaciones, en tanto, que a los contribuyentes cumplidos les continúa aplicando el régimen general con tasas más altas”.
Asimismo, el ICEFI advierte que el decreto aprobado permite el pago de las obligaciones fiscales con crédito fiscal de terceros, un mecanismo que estimula de prácticas ilícitas y difíciles de controlar, como el surgimiento de “mercados clandestinos” de comprobantes de crédito fiscal. Fue el instituto, quien también recomendó al Presidente de la República Salvador Sánchez Cerén vetar este decreto que da amnistía a los deudores del fisco. En otras consideraciones, el documento devuelto a la Asamblea anulaba la potestad de la Administración Tributaria de verificar la aplicación de la ley fiscal con un criterio de interés público. “Afecta la seguridad jurídica y amenaza el mantenimiento del equilibrio en las finanzas del Estado… comprometiendo a la vez el principio de justicia en el gasto público”.
A la vez que otorgaba un periodo de 90 días para declarar Impuesto sobre la Renta de los años 2009 al 2015, IVA de 2009 a 2016, e impuesto a transferencia de bienes raíces, tabaco, alcohol y otros, de 2009 a 2015.
También establecía un nuevo cálculo de estos impuestos. Para una renta imponible de hasta $50,000 definía un impuesto del 7.5%. Mientras, que otorgaba el beneficio se ampliaba para quienes tuvieran pendientes resoluciones en la Corte Suprema de Justicia.