La noticia política más importante de la semana pasada la dio la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, cialis cuando declaró inconstitucional dos artículos del Tratado Consultivo del Parlamento Centroamericano, viagra para impedir, definitivamente, que el ex Presidente de la República, Mauricio Funes, se incorpore a ese foro político centroamericano.
Como lo expresamos en el editorial del viernes pasado, la resolución de la Sala de lo Constitucional violenta la integración Centroaméricana, en este caso, en un afán de perjudicar al ex Presidente Funes.
Es cierto que la resolución de la Sala fue motivada por un recurso interpuesto por la Cruzada Pro Paz y Trabajo, una organización de ultra derecha que surgió en 1979, para combatir “al comunismo”.
De ahí que el pasado de dicha organización, que después de la guerra aparece solo en algunas coyunturas, haya tenido un accionar “oscuro”.
Es decir, la Sala hizo eco a las pretensiones oscuras de la Cruzada Pro Paz y Trabajo, y resolvió para satisfacer su odio contra el ex presidente Funes.
Muchos abogados y líderes de partidos políticos del país han dicho que las resoluciones de la Sala deben cumplirse, independientemente que trastoquen la misma Constitución. No obstante, en este caso, y el ex Presidente Funes dio el primer paso, al recurrir a la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ), antes de juramentarse como diputado centroamericano.
En este sentido, el ex Presidente Funes debe acudir una vez más a la CCJ, para que declare inadmisible la resolución de la Sala de lo Constitucional, pues tiene jurisdicción, como dice el abogado Félix Ulloa: “Por supuesto que tiene competencia la CCJ, si se está hablando de derecho comunitario. El Tratado Constitutivo no es derecho interno de El Salvador, excepto, porque el 144 de la Constitución dice que cuando es ratificado forma parte del derecho interno”, explicó Ulloa.
Para Ulloa, el ex Presidente Funes no ha caído en una ilegalidad, al juramentarse como diputado del PARLACEN, pues, iba “amparado por una opinión consultiva, que es una doctrina de derecho de integración” de la CCJ.
Esta opinión jurídica, creemos, le permite al ex Presidente Funes, acudir ante la CCJ, luego de conocer la resolución final de la Sala de lo Constitucional.
Pero acudir a las instancias regionales no debe ser tarea solo del mismo Funes, sino del parlamento mismo.
Y es que la resolución de la Sala afecta directamente el Tratado Constitutivo, y debe ser el Parlacen el que convoque a los mandatarios Centroamericanos en una cumbre especial y urgente, para tratar el tema al más alto nivel político, pero, también, interponer un recurso ante la Corte Centroamericana de Justicia.
Este caso y el de Guatemala, país que también por revanchismo político impidió que un ex presidente fuera parte del foro centroamericano, afectan la integración centroamericana, y sobre todo al PARLACEN.