Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino
Representantes legales del Partido Social Demócrata (PSD) acudieron a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para presentar un recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional, en contra del Tribunal Supremo Electoral (TSE), por cancelación ilegal de ese instituto político.
Los profesionales del derecho expusieron que el TSE violó varias garantías constitucionales al decretar la cancelación del PSD, en junio de 2018, debido a que el partido cuenta con un gobierno municipal y representantes en el primer órgano de Estado.
“La cancelación del partido conlleva a la violación de varios preceptos constitucionales como derecho de igualdad, principio de legalidad, debido proceso y derecho de optar y ser elegido en cargos públicos, ya que los afiliados y miembros del PSD no pueden optar a estas designaciones”, dijo Edwin Ayala, representante legal del PSD.
Ayala destacó que el TSE, al ejecutar la cancelación, pasó por alto no solo el gane del PSD en la alcaldía municipal de Meanguera, por segundo período consecutivo, sino que con la disposición el edil y miembros de su concejo municipal quedó sin partido, y debido a disposiciones de la Sala de lo Constitucional que prohibió el transfuguismo no podrá competir en las elecciones legislativas y municipales de 2021.
El TSE afirmó como causal de cancelación que el PSD solo logró 15 mil votos cuando la legislación electoral establece que para permanecer como partido legalmente inscrito, un instituto político debe alcanzar los 50 mil votos.
La representación legal del PSD consideró como errada esta causal expuesta por el organismo colegiado en materia electoral, ya que según explicaron se desestimaron coaliciones tanto municipales como legislativas acordadas con el FMLN.
“Nosotros tenemos coalición con el FMLN en los departamentos de Santa Ana y Ahuachapán en los cuales se ganaron diputaciones y a pesar de ello el TSE canceló al PSD argumentando que no existe representación nuestra cuando ellos autorizaron estas coaliciones”, expuso Ayala.
El representante legal del PSD dijo que estas diputaciones en conjunto con el partido de gobierno imposibilitan al TSE para aplicar el artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos ya que una de las excepciones de cancelación es tener representación legislativa.
En cuanto a la coalición, el TSE argumentó que si bien existía este acuerdo, los candidatos fueron presentados únicamente por el FMLN y el PSD no presentó aspirantes de entre sus filas.
En respuesta a lo anterior, los apoderados legales del partido afectado sostuvieron que la Ley de Partidos Políticos no especifica que deben presentarse candidatos de ambos partidos sino los requisitos que debe cumplir el pacto de coalición.