Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
El Salvador estará en Estado de Emergencia por 15 días, debido a la Tormenta Tropical Pilar, así lo estableció la Asamblea Legislativa a petición del Ejecutivo la noche del domingo.
La declaratoria aprobada faculta a la Dirección General de Protección Civil a utilizar todos los métodos que le brinda la ley para evacuar obligatoriamente a la población que está en riesgo, la cual deberá acatar las disposiciones de las autoridades.
Asimismo, Protección Civil tendrá que gestionar con entidades públicas o privadas infraestructura que sirva como centro de acopio y albergue temporal para las personas afectadas. Por su parte, el Ministerio de Obras Públicas (MOP) deberá hacer tareas de remoción de escombros y rehabilitación de infraestructura dañada por las lluvias.
La Policía Nacional Civil, la Fuerza Armada y los diferentes cuerpos de socorro deberán participar, en la evacuación de personas. Además, las instituciones de seguridad deberán garantizar la protección de los bienes de los damnificados. En las actividades que se realicen para atender la emergencia se deberán adoptar todas las medidas sanitarias que indique el Ministerio de Salud.
El decreto aprobado con 75 votos, también autoriza a las diferentes instituciones de Gobierno para administrar los fondos y hacer traslados de los mismos para mitigar los efectos de la tormenta tropical, de acuerdo a la ley. Las instituciones también podrán hacer las adquisiciones y procesos de compras necesarios para atender la emergencia de forma ágil, según lo que establece la Ley de Compras Públicas. Todas las compras que se realicen en este contexto serán auditadas por la Corte de Cuentas de la República (CCR).
La normativa de Estado de Emergencia también exonera del pago de todo tipo de impuestos las donaciones que se realicen a las instituciones públicas para atender los efectos de la emergencia.
El Ministerio de Educación anunció la suspensión de clases presenciales y virtuales, a escala nacional, entre el 30 de octubre y el 1 de noviembre. La medida se aplicará en las escuelas, colegios y universidades públicas y privadas.
La solicitud del Órgano Ejecutivo para aprobar el Estado de Emergencia fue hecha con base en el artículo 24 de la Ley y Reglamentos de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, el cual establece que “la Asamblea Legislativa por medio de decreto podrá declarar el Estado de Emergencia en parte o en todo el territorio nacional, mediante petición que al efecto le dirigirá el presidente de la República, cuando el riesgo o peligro provocado por un desastre para las personas, sus bienes, servicios públicos o ecosistemas lo ameriten. Tomará como base la evidencia del riesgo o peligro y la ponderación que le haga al respecto el director general (de Protección Civil)”.