Página de inicio » Realidad Nacional » ¿Quién controla a los controladores?

¿Quién controla a los controladores?

Luis Armando González

En las democracias modernas, capsule el tema del control del poder es siempre un asunto problemático. No hay que olvidar que estos regímenes políticos descansan en un equilibrio de los poderes estatales, sale equilibrio que se asegura mediante un sistema de pesos y contrapesos que permiten el control recíproco entre ellos. La idea es que ni personas ni instancias estatales particulares tengan un poder excesivo o, sovaldi peor aún, un poder sin límites que se imponga no sólo a los demás poderes del Estado, sino al conjunto del pueblo. Y es que no hay que olvidar que, en definitiva, lo que la democracia busca, por definición (y como ideal), es que el poder político no escape al control popular y termine por imponerse despóticamente sobre la sociedad.

Releyendo El futuro de la democracia, de Norberto Bobbio, se puede advertir con facilidad que el problema del control del poder en la democracia fue algo que ocupó el célebre intelectual italiano. De hecho, es en ese libro que se plantea la pregunta por quién controla a los controladores. Lo hace ante una situación que en los años ochenta –el libro fue publicado en italiano en 1984 y en español en 1986— comenzó a cobrar visos de gravedad: la disponibilidad de recursos tecnológicos al servicio del poder era, a los ojos de Bobbio, una grave amenaza para la democracia.  La formulación que hace del tema constituye una de sus mejores páginas (Pág. 24, de la edición del FCE). Es un texto que dividiremos en  cuatro partes.

Primera parte: “está por demás decir –señala Bobbio—que el control público del poder es más necesario por cuanto estamos en una época en la que los instrumentos técnicos de los que puede disponer quien detenta el poder… de hecho es prácticamente ilimitado. Si manifesté algún titubeo en que la computocracia pueda impulsar la democracia gobernada, no tengo ninguna duda en el servicio que puede prestar a la democracia gobernante”.

Segunda parte: “el ideal del poderoso –continúa— siempre ha sido el de ver cualquier gesto y escuchar cualquier palabra de sus sujetos (…): hoy este ideal está a la mano. Ningún déspota de la Antigüedad, ningún monarca absoluto de la Edad Moderna, aunque estuviese rodeado de mil espías, logró tener toda la información sobre los súbditos que el más democráticos de los gobiernos puede obtener  del uso de los cerebros electrónicos”.

Tercera parte: “la vieja pregunta –nos dice— que recorre todo la historia del pensamiento político: ‘¿quién cuida a los cuidadores’? hoy se puede repetir con la siguiente interrogante: ‘¿quién controla a los controladores?’ Si no se logra encontrar una respuesta adecuada a esta pregunta, la democracia como advenimiento del gobierno visible, está perdida”.

Cuarta parte: “más que de una falsa promesa –concluye— en este caso de trataría de una tendencia contraria a las premisas: la tendencia ya no hacia el máximo control del poder  por parte de los ciudadanos, sino, por el contrario, hacia el máximo control de los súbditos por parte del poder”.

El texto citado invita a las siguientes consideraciones. Ante todo, su tercera y la cuarta apuntan a un asunto general, y tiene que ver con la preocupación por el control del poder, especialmente por el control de quienes tienen que controlarlo. Las dos primeras partes son una ejemplificación de lo peligroso que es para los súbditos que, quienes tienen el poder, cuenten con recursos tecnológicos ilimitados, lo cual hace sumamente fácil el control de aquéllos por parte del poder, pero no la inversa.

Desde los años ochenta para acá los recursos tecnológicos se han sofisticado de manera extraordinaria. Las posibilidades de control de los ciudadanos desde el poder político y empresarial han alcanzado niveles nunca vistos. Cualquier opinión, cualquier acción, cualquier desplazamiento de los ciudadanos pueden ser detectados a través de los propios teléfonos celulares –la “computocracia” de Bobbio es ahora una “teléfonocracia”—  que las personas llevan consigo. Cuentas bancarias, deudas, gustos, paseos… eso y más está a disposición del poder político y económico. Comunicarse a través de teléfonos celulares (que son ahora pequeñas computadoras portátiles), hablando o a través de mensajes de texto o redes “sociales”, significa exponerse ante el poder, ante el cual se es vulnerable.

Así que los temores de Bobbio se han más que confirmado en lo que se refiere a los ingentes recursos tecnológicos que tienen los poderosos para controlar a los súbditos.

Sin embargo, en lo que atañe a la pregunta por “quién controla a los controladores” quizás es oportuno señalar que en el contexto en el que Bobbio hace su reflexión la preocupación es por el control público de los controladores del poder político. Es obvio que, en estos momentos, ese control público es sumamente complicado, pues se trata de que los controladores tienen mejores y mayores recursos tecnológicos que en el pasado. Las distintas sociedades democráticas han impulsado mecanismos, que muchas veces se apoyan en recursos tecnológicos sofisticados, para dar vigencia a un control público mínimo de quienes controlan el poder político, para de esa manera atemperar su dominio social.

Qué sucede, empero, cuando en el seno de los controladores (de quienes controlan el poder político-estatal) emerge una instancia (animada por un grupo, una facción o una persona) que pretende ser la que, desde dentro, controle a los controladores?

Estamos en el mismo espíritu de la pregunta de Bobbio (“¿quién controla a los controladores?”), pero ya no en un marco en el cual este control debe ser público, sino en un marco distinto: cuando se cree que ese control debe ser también político (o jurídico-político). Por ejemplo, cuando se cree que, dentro el ámbito estatal debe existir una instancia (también estatal) que lo controla todo, pero que ella misma es ajena a control alguno; cuando hay una instancia que no está sometida, siendo un poder en el Estado, a las reglas de los pesos y contrapesos, connaturales a la democracia moderna, que se caracteriza, como lo anota el mismo Bobbio, por un “un conjunto de reglas (primarias o fundamentales) que establecen quien está autorizado para tomar las decisiones colectivas y bajo qué procedimientos” (p. 14).   

¿Qué sucede cuando una persona (o un grupo de personas) se asumen como custodia última de esas reglas primarias o fundamentales (constitucionales)? ¿Qué sucede cuando una persona (o grupo de personas) se asume como la única intérprete legítima de esas reglas y en virtud de ello se abroga atribuciones (derivadas de su propia interpretación de esas reglas) que le permiten controlarlo todo, pero que la blindan ante cualquier control, incluso el de la crítica?

Sin duda alguna, una situación como esa obliga a hacerse la pregunta que se hizo Bobbio, ante una problemática distinta: ¿quién controla a los controladores?

En el caso de El Salvador es una pregunta que hay que hacerse, sin que ello suponga ningún afán de afrenta personal para nadie. En la práctica y de hecho –que sea de derecho es algo que debe ser debatido ampliamente— tenemos una Sala de lo Constitucional que, siendo una instancia del Estado salvadoreño—, propende a controlar a otras instancias estatales, pero ella misma está bien resguardada para ser controlada políticamente, ya no digamos por la sociedad.

Es una situación circular curiosa: de la atribución de ser intérprete última e inapelable de la Constitución, esta Sala deriva otras atribuciones, potestades y derechos, entre estos últimos el de estar al margen de todo control (institucional y social). En el límite, puede ponerse por encima de la misma Constitución, pues le está permitido acomodarla a la visión que tienen sus magistrados en cada momento particular. La Constitución deja de ser un documento que dice cosas entendibles para cualquier persona razonable, pues se convierte en un documento hermético (que en absoluto lo es), que no dice lo que quiere decir o dice lo que en la Sala de lo Constitucional decide que dice en cada situación particular.

De ahí que la pregunta de Bobbio sea bien actual para nosotros. Una respuesta razonable a su inquietud, en el caso de la Sala de la Constitucional, es que ese controlador debe ser controlado por la Corte Suprema de Justicia en pleno.

Es urgente poner en el centro del quehacer judicial, tal como lo establece la  Constitución, a la Corte Suprema de Justicia, de la cual las diferentes salas son parte integral. Definitivamente, la Corte es algo mayor que las salas que la componen, por más que una de ellas tenga atribuciones en materia constitucional. Es la Corte la que tiene una Sala de lo Constitucional (lo mismo que tiene otras salas) y no a la inversa (no es la Sala de lo Constitucional la que tiene una Corte). En ese sentido, ahora como el pasado, es urgente que la Corte Suprema de Justicia sea reivindicada en su lugar esencial en el Órgano Judicial, que es el todo mayor que envuelve a la Corte y, al interior de ésta, a la Sala de lo Constitucional, junto con las demás salas.

Posicionar debidamente a la Corte Suprema de Justicia en la vida nacional es más que necesario. Esta instancia estatal debe hacer valer su fuerza como organismo colegiado, capaz de corregir fallas internas y atemperar decisiones que, tomadas por separado, están mostrando ser contraproducentes.

Hay que sumar esfuerzos para que la Corte Plena tenga la última palabra en decisiones judiciales que impactan decisivamente la vida nacional.

      

Ver también

#Galería | Tormenta causa estragos en Santa Lucía, Ilopango

Fotos: Guillermo Martínez Alrededor de un centenar de familias de la colonia Santa Lucía, en …