Gloria Silvia Orellana
@GloriaCoLatino
La apertura del Caso histórico de la Masacre El Mozote en el departamento de Morazán ocurrida en diciembre de 1981, ha remontado las esperanzas entre la población sobreviviente, familiares de víctimas y víctimas, explicaron los abogados querellantes, Wilfredo Medrano y Ovidio Mauricio González, de Tutela Legal “María Julia Hernández”.
“Es una esperanza que las víctimas han estado esperando más de 35 años, ha sido también un desafío, una lucha, una perseverancia y resistencia que han tenido sostenidamente ante el olvido -entonces de alguna manera- ellos están muy contentos de que al fin se logre hacer justicia”, comentaron en la entrevista a Diario Co Latino.
¿Cuál es el análisis de Tutela Legal en el caso El Mozote?
-Es todo un esfuerzo de las víctimas y de Tutela Legal “María Julia Hernández”, que de manera incondicional hemos acompañado a estas víctimas desde 1990 en la búsqueda de la justicia; pero se pueden encontrar varios obstáculos para su investigación, como la pasividad que ha mostrado el Fiscal General de la República, Douglas Meléndez, quien ha dado una respuesta contradictoria sobre la reapertura de la causa penal que le expresó al juez de la causa, Jorge Guzmán Urquilla.
¿Qué le dijo al Juez Guzmán?
-Que cumpliera con la sentencia de inconstitucionalidad de la Sala de lo Constitucional (CSJ) – al mismo tiempo- que valorara los alcances y limitaciones que podrían causar ante un caso fenecido. Esto es incoherente , porque el caso El Mozote solo fue suspendido y archivado.
Lo que se viene es una lucha contra el mismo Sistema de Justicia y Fiscalía General -sabemos que habrá obstáculos- pero como el Juez Guzmán va a aplicar el Código Penal de 1973, tendrá a cargo la investigación, pero va a necesitar el acompañamiento de la Fiscalía General de la República, que por orden constitucional debe mostrarse parte desde ya, en el Caso de la Masacre de El Mozote.
Recordemos que recién juramentado en su cargo el Fiscal Meléndez dijo públicamente -estar al lado de las víctimas- entonces creemos que es el momento oportuno para demostrar esas intenciones y las acompañe, porque lejos de expresar su consentimiento válido sobre la reapertura – está muy pasivo – y de hecho- se opuso a la reapertura.
¿Por qué creen que la Fiscalía tendría un papel pasivo?
-Tiene una posición ambigua y eso demuestra que no tiene la intención de investigar el caso, como las diligencias que pidió en su momento el juez de Meanguera, que fueron anticipadas -pero solo eso- son diligencias que no conducen a una investigación de los autores de estos hechos, sino solo rescatar osamentas cuyo proceso solo va ir dilatando el punto medular que es la investigación.
Es quizá una estrategia del Fiscal General para decir que está haciendo algo, aunque debería hacer el proceso investigativo, para llegar a los imputados y señalar las acciones.
¿Por qué el fiscal señaló que el caso es fenecido?
-Un caso fenecido es aquel que pasó todas las etapas, incluso hasta fueron condenados y cumplieron las penas los condenados -por eso dicen- que es fenecido; pero el Caso El Mozote se diferencia porque fue archivado y suspendido por la Ley de Amnistía o sea fue interrumpido.
Ahora, el juez dejó sin efecto este sobreseimiento de los miembros del Batallón Atlacatl revocando todo esto y prácticamente levanta todo este tipo de trabas que tenía el proceso y da validez para establecer todo el cuerpo del delito que están suficientemente probado por todos los peritajes del Equipo de Antropología Forense de Argentina así como, las exhumaciones y osamentas encontradas.
¿Por qué aplicará el juez el Código de 1973?
-Porque cuando se cometió la masacre de El Mozote la justicia se regía por ese código de 1973, que facultaba a los jueces a llevar el monopolio de la investigación penal y ellos investigaban; luego cambio en 1998 cuando se le otorgó el monopolio de la investigación constitucionalmente a la Fiscalía General de la República.
En este sistema aprobado desde 1998, el juez solo tiene una figura de controlador de las diligencias judiciales y quienes realizan las investigaciones son los fiscales, pero con la sentencia de la Sala de lo Constitucional, luego de declarar inconstitucional la Ley de Amnistía ha ordenando que no corra la prescripción (vencimiento) del caso.
Prácticamente, las cosas vuelven como estaban en los años ochenta es por esto, que el Juez de la Causa decide la reapertura e informa que utilizará el Código de 1973, y al abrir el proceso este tiene validez y no puede ser anulado, porque todas las acciones que tomaron en ese momento tienen validez.
¿Cuál es el estado del caso?
-Como el caso se cerró estando en investigación por la Ley de Amnistía, estaba en la etapa de instrucción y consideramos que cuando el juez valore las diligencias que faltan del proceso y las que ya están en el expediente pueden ampliarlas, pero nunca desecharlas.
Tendrá que continuar las diligencias para saber sobre testimonios, documentación y aportes con la participación de las personas que incidieron en el hecho, entonces todo esto, es la etapa de instrucción. Y cuando el juez estime que ya depuró el proceso -lo puede derivar a plenario- como se llamaba a la Vista Pública o juicio, se tendrá agotada todas las diligencias eso es lo que falta.
¿Qué le falta al juez para emitir la sentencia?
-Lo único en que él tiene duda y no le basta con la información del Informe de la Comisión de la Verdad, ni los aportes de Tutela Legal “María Julia Hernández” es la participación de los militares, por eso manda a solicitar varios requerimientos a la presidencia de la república como la nómina de oficiales de 1981.
Así como, el nombre y clases oficiales y soldados del Batallón Atlacatl, para que ponga a su disposición el “Libro de Novedades” de esa unidad y también manda al Registro Nacional de Personas Naturales (RNPN) para que envíe los asientos de los Documentos Únicos de Identidad Personal (DUI) de todos los señalados para efectos de citarlos y tomarles declaración.
Así como los nombres de los comandantes de artillería que está en San Juan Opico, la Tercera Brigada de Infantería y varios destacamentos -es decir- que el juez requiera esa información pero también está la prueba testimonial de ofendidos y sobrevivientes para que señalen a los responsables.
Lo importante de la resolución de este juez es que da la calidad de imputados a estos 14 oficiales, lo que supone están siendo investigados y procesados con esto solo bastan estos dos requisitos : establecer el cuerpo del delito y la participación delincuencial.
Es por esto, que el juez no se atreve a decretar la detención provisional aún, porque les está garantizando la presunción de inocencia -les está cuidando ese momento procesal- pero en el momento en que vayan avanzando las investigaciones y termine la fase de instrucción que podría decidir -que ha lugar- para decretar la detención y proceder a Vista Pública.
¿Cuánto tiempo va a tomar todas estas diligencias judiciales?
-No sabemos si ya libró los oficios a los que da 15 días después de la notificación para que respondan; porque hasta el momento solo ha dado la resolución en la reapertura del caso.
El proceso tiene como tres meses de instrucción de 90 a 120 días, pero como el caso es complejo -puede pedirse- una prórroga automáticamente e incrementar el plazo.
¿Cuál será el papel de la Fiscalía en el proceso?
-La Fiscalía tiene la obligación constitucional quiera o no quiera, de investigar por decisión del juez y sino lo hace puede incurrir en una grave omisión de investigación frente al juez; aunque puede argumentar que no está de acuerdo con la reapertura, pero si ya el señor Juez decidió -ellos tienen- la obligación, y deben mostrarse parte y hacer su trabajo de citar e interrogar sobre este caso.
¿Cuál será el papel de las víctimas sobrevivientes y afectados?
-Hay siete u ocho testigos que ya fallecieron -lamentablemente- que eran los testigos oculares sobrevivientes, pero como eso se interrumpió entonces habría que solicitar de nuevo y nosotros como Tutela Legal “María Julia Hernández” vamos a presentar testigos que sobreviven aún y que les mataron a toda su familia , creemos en un momento dado le vamos a presentar al juez de la causa un listado de nombres de estas víctimas.
¿Cuál será la participación del Grupo Forense argentino que realizó algunas exhumaciones?
-En una eventual vista pública pueden ser solicitados como peritos, para que aclaren, sobre todo en el proceso que realizaron -es más- pueden pedir otros peritos expertos para establecer la cadena de mando porque también el juez va a necesitar asesoría porque ha calificado la Masacre de El Mozote, como Crimen de Lesa Humanidad (Cualquier acto carente de humanidad y que cause severos daños tanto psíquica como físicamente y que además sean cometidos como parte de un ataque integral o sistemático contra una comunidad).
El juez Jorge Alberto Guzmán ha tomado en totalidad la sentencia de la Sala de lo Constitucional, porque prácticamente está investigado toda la cadena de mando, de todos los que en ese momento estaban al mando.
Desde el Ministro de la Defensa, General José Guillermo García pasando por el Mayor Rafael Flores Lima y hacia abajo hasta llegar a todos los oficiales -así como dice- la Sala de lo Constitucional, que deben investigar quiénes estaban en la cadena de mando y quiénes tomaban las decisiones, para que las órdenes fueran ejecutadas por otros.
Todo dependerá de la información que se recabe, porque si no dan nombres será es algo complejo y muy difícil para individualizar, pero esperamos que existan archivos -veremos- cuál es la respuesta del Ministro de la Defensa (David Munguía Payés) pero la cadena de mando si está establecida se puede recurrir a los diarios oficiales y todo eso.
Sabemos que se podrán generar obstáculos, como negar la información, que puede ser a propósito o las destruyeron después, de la firma de los Acuerdos de Paz (1992) en fin, es una serie de situaciones y es por esto, que se debe tratar de suplir esta prueba documental, con los testimoniales de que estos oficiales efectivamente estaba al mando del ejército en ese momento en especial.
¿Cómo puede buscarse esta información alternativamente?
-Digamos que no exista el libro de novedades o los nombramientos de los oficiales de ese momento ya no existan, pero creo que varios miembros del Atlacatl son hasta beneficiarios y reciben del IPSFA sus pensiones por su servicio militar. No es posible, que aleguen no tener la hoja de vida de todos estos oficiales, en este sistema no dan una pensión solamente porque diga -fui soldado-. Se puede buscar comenzando con identificar a que unidad militar perteneció, que es como el historial laboral de un trabajador para una pensión del Seguro Social; ahí ven dónde trabajaron, cuánto cotizaron, el salario que percibían y otros datos.
En el caso de Guatemala cuando juzgaron al expresidente (Efraín) Ríos Montt contrataron un perito militar para que explicara como funciona la cadena de mando en el ejército; esto se podría pedir aquí también que un militar progresista pueda explicar como funciona una cadena de mando en el ejército.
Sabemos que las órdenes son segmentadas en sus responsabilidades por eso, es que se cubren entre todos sino los “Escuadrones de la Muerte” tenían definido este modelo, uno seguía a la víctima, otro era quien lo capturaba, estaba luego el que lo torturaba, y otros que lo desaparecían, desmembraban y el que lo botaba en algún lugar, entonces es una cadena donde todos tienen responsabilidades segmentadas y es por eso, que nadie traiciona al otro.
¿Qué escenarios se perfilan en el Caso El Mozote?
-Hay varios escenarios, una Fiscalía pasiva que no colabora con este proceso, también que las investigaciones de este caso empujen a la Asamblea Legislativa a proponer una Ley de Reconciliación o el Ejecutivo no participe de lleno con las diligencias judiciales.
Ya lo dijo el ex ministro Otto Romero en una entrevista, -Que esto era un desastre lo que cometió la Sala de lo Constitucional – y ellos dijeron que van activar casos del FMLN, porque están en igualdad de condiciones. Nosotros no buscamos eso aunque lo más importante de todo esto es el paso que ha dado el juez de la causa que está demostrando independencia.
El juez tiene dos respaldos jurídicos además, la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y de Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, aunque los militares nombren sus defensores, la verdad es que el paso se ha dado.
Sabemos que puede surgir también, una Ley de Reconciliación y si las víctimas y población lo aceptan -pues ni modo- no se tendría más opción que parar las investigaciones, pero si esta normativa fuera similar a la Ley de Amnistía, la Sala de lo Constitucional tiene dos años -todavía- para ir verificando el cumplimiento o declararla inconstitucional.
Se pueden buscar salidas alternativas como la aplicación de indultos, extensión de conmutaciones de pena, pero lo que menos pueden es amnistiarlos. Asimismo, en un futuro de salir condenados y juzgados en una Vista Pública un jurado también, puede absolverlos aunque haya prueba contra ellos.