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Miembros de Redco dan su posición respecto a la sentencia de la Sala de lo Constitucional respecto a al Ley de telecomunicaciones. Foto Diario Co Latino/ Wilfredo Lara

RedCo: Sentencia de la Sala de lo Constitucional va en contra de la Libertad de Expresión

@GloriaCoLatino

La sentencia de la Sala de lo Constitucional  contrapuso el derecho a la Libertad de Expresión por el interés económico de un grupo de empresarios”, no rx ampoule dijo Leonel Herrera, Director Ejecutivo de la Asociación de Radios Y  Programas de El Salvador (ARPAS) al referirse al fallo sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Telecomunicaciones del país.

“Nosotros como ReDCo valoramos que estamos frente a una sentencia muy limitada, muy insuficiente que no es acorde a los estándares constitucionales  de libertad de expresión internacionales (OEA/UNESCO), que aboga por la pluralidad y la igualdad de la comunicación”, afirmó.

La Red por el Derecho a la Comunicación (ReDCo) presentó dos demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Telecomunicaciones,  entre  agosto de 2012 y abril de 2013, que la Sala de lo Constitucional decidió unirlas  para  presentar una sola sentencia, por su referencia al marco normativo de las comunicaciones.

ReDCo impugnó entre las dos demandas seis aspectos de la Ley de Telecomunicaciones que afectan al derecho de libertad de expresión como: la subasta al mejor postor  para la asignación de frecuencias; la renovación automática de las concesiones (de 20 años); el carácter de bien privado de las concesiones siendo un bien público, en que los dueños de la frecuencia pueden alquilarlas o venderlas.

Así también, impugnaron la falta de límites antimonopólicos contra la concentración mediática; el uso ineficiente del aspecto radioeléctrico (excesivos anchos de banda) y la omisión del reconocimiento para los medios comunitarios o alternativos.

Herrera afirmó que sobre la figura de la subasta al mejor postor -la Sala de lo Constitucional- reconoció su inconstitucionalidad  porque  no ofrece  un mecanismo alterno a la adquisición, pero mantiene la subasta como dispositivo para obtenerla.

“En el tema de la renovación automática de las concesiones, la Sala resuelve que es inconstitucional el carácter automático de la renovación, pero resuelve que los que cuentan ya con su grupo de frecuencias le sean priorizadas”, argumentó.

Mientras, sobre la falta de límites antimonopólicos; el carácter de bien privado de las concesiones y el  excesivo ancho de banda, la Sala de lo Constitucional, dictaminó que todo esos aspectos eran constitucionales,  lamentó Leonel Herrera.

“Con esto, se dificulta democratizar las comunicaciones, de construir un modelo de medios democráticos que garanticen una mayor pluralidad y diversidad. Los Magistrados de la Sala de lo Constitucional quedaron en deuda con la Libertad de Expresión -de hecho- se les olvidaron este  derecho humano; porque al analizar la sentencia hay énfasis en los criterios económicos y de libre competencia”, argumentó.

En el examen preliminar a la sentencia el jurista Juan Carlos Sánchez, del Movimiento 5+, consideró que en los alcances de la sentencia de la Sala de lo Constitucional,  es que ordena a la SIGET  de abstenerse a cualquier solicitud para la obtención de frecuencia hasta que no se resuelva la digitalización del país.

“Sabemos que el proceso de digitalizar el espectro está programado para el año 2018 y adoptaron antes de salir del Ejecutivo (expresidente Antonio Saca) dejar un estándar que creemos no es acorde a las necesidades del país, y luego, otra administración anuló ese acuerdo -entonces- toda esta regulación y contextos de la digitalización es incierta”, comentó.

Sánchez agregó que este tipo de normativas legales, en otros países son temas de  grandes análisis y debates sobre los contextos y las implicaciones, al lamentar que en el país las condiciones para su discusión están ausentes de la agenda nacional.

“Otro efecto de la sentencia que nos preocupa es que, cuando concluya el proceso de digitalización  las  frecuencias de radio y canales de televisión van a ser reubicadas, y aquí la Sala de lo Constitucional mandó a la SIGET a que asegure esa reubicación a los actuales concesionarios y conservar su ancho de banda que por ahora, es irregular”, afirmó.

ReDCo presentó además una queja por la sentencia de la Sala de lo Constitucional ante Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la  Organización de Estados Americanos (OEA).

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