Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
La Asamblea Legislativa aprobó en la plenaria de esta semana reformas a la Ley Especial de Protección al Patrimonio Cultural de El Salvador a fin de que los bienes culturales protegidos por ley puedan ser sacados del registro solo con una resolución ministerial.
La iniciativa fue presentada y aprobada por Nuevas Ideas vía dispensa de trámite, es decir, sin discusión; inclusive, los que presentaron la iniciativa, Rubén Flores, Claudia Toledo y Sharon Hernández no opinaron en el pleno legislativo.
El único diputado de Nuevas Ideas que habló al respecto fue Saúl Mancía, quien afirmó que ya existe una entidad responsable de la emisión y autorización de permisos de construcción, siendo la Dirección de Trámites de Construcción que es una dependencia de Casa Presidencial.
“Estamos estableciendo, de manera más clara, las funciones de las instancias. Con las reformas en discusión, el Ministerio de Cultura seguirá resguardando el patrimonio cultural de nuestro país”, dijo Mancía.
Sin embargo, la reforma modificó la disposición de que cuando haya planes de desarrollo urbano y rural, y los bienes culturales estén involucrados en los proyectos, debe hacerse con autorización del Ministerio de Cultura. Es ahora entonces que la autorización dependerá de la Dirección de Tramites de Construcción, quien emitirá las normativas que considere necesarias.
También, la reforma plantea que los bienes culturales reconocidos, podrán ser sacados del registro que la ley contempla y garantiza diferentes tipos de protección.
“Se podrá cancelar la inscripción de un bien cultural registrado, cuando las circunstancias que determinaron su inscripción hayan cambiado sustancialmente”, reza el decreto aprobado por el oficialismo. Sin embargo, el Ministerio de Cultura debe calificar y justificar la decisión en una resolución que se podrá iniciar de oficio o a petición.
Con la reforma, se hace posible la intervención de un inmueble cultural del Estado si se busca ponerlo “en valor” o darle mantenimiento por “el lato tráfico de usuarios”.
Es de contextualizar que la ley vigente considera “bienes culturales” los que reconoce el Ministerio de Cultura, como los bienes que se relacionan con las antigüedades comprobadas, historia, pinturas, plazas, monumentos, centros históricos, edificios entre otros. Estos, pueden ser públicos o privados, pero deben estar inscritos en el Registro de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura.