@arpassv
La Sala Constitucional admitió recientemente una nueva demanda contra la Ley de Telecomunicaciones. La demanda –presentada en abril de este año– impugna varios aspectos del régimen de concesiones del espectro radioeléctrico: el carácter de bien privado, sale la renovación automática, la falta de límites antimonopólicos, los excesivos anchos de banda y el no reconocimiento de los medios públicos, privados y comunitarios.
Con ésta, son dos las demandas admitidas por la Sala. La primera fue presentada en agosto de 2012 y se refiere a la subasta como único mecanismo para asignar frecuencias radioeléctricas, argumentando que ésta violenta los principios constitucionales de igualdad (Art. 3), libertad de expresión (Art. 6), orden económico con justicia social (Art. 101), prohibición de prácticas monopólicas (Art. 110) y supremacía de tratados internacionales sobre leyes secundarias (Art. 144).
La segunda demanda también plantea la violación de estos principios, más el referido a disposiciones sobre concesiones estatales establecidas en el Artículo 120 de la Constitución.
En su resolución de admisión, la Sala avala todos los argumentos de inconstitucionalidad sobre el carácter de bien privado de las concesiones y la renovación automática de las mismas; y admite parcialmente los argumentos sobre la falta de límites anti monopólicos, los excesivos anchos de banda y el no reconocimiento de los medios públicos, privados y comunitarios. En los dos últimos, el argumento es de inconstitucionalidad refleja por la violación a tratados internacionales.
La Sala, sin embargo, no admitió las medidas cautelares solicitadas: suspensión de la renovación automática de las concesiones y suspensión de la asignación de nuevas concesiones a los actuales concesionarios. Sobre la primera, la Sala alega que no existe peligro inminente de vulneración de derechos, porque la renovación de las concesiones será hasta en el año 2017; y sobre la segunda, dice que ésta no es necesaria porque la medida cautelar vigente que suspende la subasta de frecuencias ya prohíbe la asignación de concesiones a los actuales y nuevos concesionarios.
A pesar de esto, la admisión de la demanda es una acción positiva. Ahora, la Sala debe acelerar la sentencia definitiva y resolver simultáneamente las dos demandas para que la consecuente reforma a la Ley de Telecomunicaciones sea más completa.
El marco jurídico de las comunicaciones necesita una reforma integral, dada la necesidad de actualizarlo en los aspectos técnicos y ponerlo a tono con los estándares internacionales sobre libertad de expresión. Y la Sala Constitucional podría propiciar dicho proceso resolviendo conjuntamente ambas demandas de inconstitucionalidad.