Licda. Norma Guevara de Ramirios
@guevara_tuiter
En los tres artículos anteriores se ha demostrado que las recientes reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa en materia tributaria están orientadas a lograr mayor transparencia y justicia en nuestro sistema de tributación; que pagarán el impuesto sobre la renta los dueños de los periódicos que gozaban de excepción, ask no pagarán más que otros, lo nuevo es que deben pagar; también queda claro que surge a partir del 1 de septiembre un nuevo impuesto que no existía en nuestro país y que sí existe en otros países de la región, y es el pago del 0.25% por transferencias financieras mayores a mil dólares. Lo demás de la reforma está orientado a evitar elusión y a incentivar el pago de impuestos con la publicación de los nombres y montos adeudados.
Antes de cumplirse un mes de aprobadas las citadas reformas la Sala de lo Constitucional tiene ya en sus manos una demanda para declarar inconstitucional las mismas argumentando ausencia de debate para su aprobación; puro pretexto para seguir eludiendo la responsabilidad tributaria a la sombra de sus influencias en el máximo órgano de justicia.
En realidad la Asamblea Legislativa utilizó la dispensa de trámite para estos tres decretos, pero jamás eludió el debate. Las iniciativas fueron introducidas el 21 de mayo y discutidas a lo largo de 3 semanas en el seno de la Comisión de Hacienda, fueron escuchados diversos personajes en representación de académicos y gremios empresariales, cooperativas y otros; mientras en los medios escritos y televisivos se pagaban campañas contra las reformas, en la Asamblea se conocían las variadas opiniones. Esos mismos textos con modificaciones que limitan el alcance de lo pedido, es lo que se convirtió en piezas que tuvieron amplio debate en la sesión plenaria del 30 y 31 de agosto. Es mejor que digan claramente que quieren librarse de pagar en vez de usar pretextos de vicio de forma inexistente.
Es bueno recordar a la ciudadanía que la dispensa de trámite es un recurso legal y legítimo. Así se aprobó la Ley de Medicamentos cuando la presión sobre algunos diputados les impuso no firmar el dictamen en marzo 2012, el texto debatido se convirtió en pieza y por vergüenza a la hora de aprobarlas votó hasta ARENA. Ya sabe la población el inmenso beneficio que representa contar con esa ley para disminuir el abuso que se cometía en la venta de medicamentos. Personalmente tengo indicada una tableta mensual que antes de esa ley costaba 71 dólares y ahora cuesta 41, para solo ilustrar el beneficio para el pueblo que representó esa ley aprobada en similares circunstancias que la reforma tributaria.
Recientemente se aprobó la creación de los tribunales para procesar la extinción de dominio de aquellos bienes que sean producto de ilícitos como lavado de dinero, narcotráfico, corrupción y otros; esa iniciativa fue presentada por la Corte Suprema de Justicia y más recientemente se han aprobado dos reformas a la ley de lavado, una para derogar la obligación de los medios de comunicación como sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas de sus clientes y otra para explicitar lo que ya contiene un convenio internacional suscrito por nuestro país a fin de perseguir por lavado que cometan ex funcionarios; estas aprobaciones han sido aplaudidas y nadie cuestionó el procedimiento utilizado, ni la hora de su aprobación.
Tanto en la aprobación de reformas tributarias, como las otras señaladas; el pleno legislativo ha discutido la conveniencia y pertinencia de aprobarlas. El 8 de marzo de 1996, a las 5 de la mañana se aprobó la nueva Ley de la Carrera Docente, algo que el magisterio defiende como su logro así la reforma tributaria del 31 de julio es un logro para que el Estado cuente con los recursos necesarios que permitan cumplir sus obligaciones con la sociedad en la prestación de servicios que nos preparan en el aprendizaje, en el goce de la salud, en la edificación de obras o el pago de las deudas contraídas para gozar de las mismas como ahora lo hacemos, en el Hospital de la Mujer Doctora Isabel Rodríguez o el Bulevar Monseñor Romero, dos obras simbólicas porque para construirlas se contrajeron dos préstamos para cada una, uno que se “esfumo” en el gobierno de Arena y otro que sirvió efectivamente para que la obra existiera y sirva al pueblo salvadoreño.
La justicia tributaria, significa que paguen impuestos en correspondencia a las capacidades, que paguen más quienes tienen más y que los mismos sirvan para construir justicia social. Ojalá sepamos como pueblo defender estos logros y quienes se resisten aprendan que con ello ganamos todos y todas.
(Fin).
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