Lourdes Argueta
(Abogada)
El contexto actual de El Salvador, está marcado por distintas irregularidades a partir de la alteración en retrospectiva de la legislación penal y procesal penal, lo cual conlleva a una administración de justicia al margen de los principios y garantías jurídicas reconocidas por nuestra constitución y tratados internacionales de Derechos Humanos, que han sido ratificados por el Estado salvadoreño.
Si bien es cierto que el Estado salvadoreño tiene facultad para crear y aplicar leyes, ejercer el derecho penal, procesando y sancionar a los delincuentes, entre otras facultades de la administración de justicia, pero todas esas facultades no son absolutas; existen principios que imitan esa potestad penal, como lo son: el principio de legalidad, principio de mínima intervención, principio de subsidiaridad, principio de humanidad de las penas, principio de culpabilidad, principio de proporcionalidad, principio de resocialización.
Si analizamos al tenor de estos principios las reformas que los diputados oficialistas han realizado al código penal, código procesal penal y leyes especiales en materia penal, podemos identificar graves retrocesos que vulneran derechos fundamentales y garantías jurídicas. Si a ello le sumamos que bajo el régimen de excepción se anulan algunos derechos fundamentales no solo para los criminales, sino que también para toda la sociedad, y que mediante las capturas masivas también existe un porcentaje de personas inocentes, que no podemos ignorar y a las que también se les aplican las reformas penales recientes, que vulnera el debido proceso.
Con las reformas legislativas más cuestionadas se encuentran: a) el juez sin rostro, b) la indeterminación del límite máximo legal de la detención provisional, c) los juicios masivos, d) captura por denuncias anónimas, e) la desvalorización de la prueba, f) condena con imputado ausente, g) facultad de jueces para hacer nombramiento de abogado defensor… entre otras reformas hasta ahora incorporadas a la legislación penal, transgresoras del derecho defensa, el derecho de audiencia y el derecho de contradicción que todo imputado debe tener sin ningún tipo de distinción, con base al principio de igualdad procesal. Todas esas reformas son graves, pero la más alarmante es la de juicios masivos, porque no individualizan las penas, y solo de ese tema tenemos mucha tela que cortar.
Analizando de manera conjunta todas las reformas, se visualiza una marcada regresión del sistema penal salvadoreño a la concepción arcaica de derecho penal del enemigo (sujeto) y no de acto. Es de hacer notar que muchas reformas están dirigidas a la persecución de la oposición política y de sectores sociales organizados, pero que se extiende también contra la sociedad civil en general; ejemplos de ello son: los vendedores del centro histórico de San Salvador, los ambientalistas que protestan contra la explotación minera, y así, otros sectores afectados.
Desde una valoración crítica del derecho, es natural cuestionar el contenido de la jurisprudencia que se esté produciendo en el sistema de justicia, lo cual es una fuente formal del derecho, que es objeto de estudio académico y profesional. Las consecuencias de este tipo de legislación generan un cortocircuito para quienes no concebimos un sistema de justicia desde la concepción del respeto a los derechos humanos, porque si eso no se respeta entonces no podemos hablar de justicia.
Es necesario subrayar, que el régimen de excepción, si bien ha disminuido los altos niveles de violencia social, las autoridades solamente registran capturas de pandilleros de barrio, no así de sus jefes y financistas.
Esto significa que no es cierto que se esté eliminado de raíz el problema de la criminalidad. El único golpe al cerebro financiero de una de las pandillas fue en el año 2016, cuando se desmantelo una red de financistas de una de las pandillas más fuertes del país, en la operación Jaque, en la que intervinieron muchos negocios ligados a cabecillas de pandillas. El gobierno debe tener identificados a los criminales más peligrosos, pero necesita mantener vigente el régimen de excepción para amedrentar las voces críticas.
Ahora no solo enfrentamos esta situación, sino también el impacto que se vivirá al interior de la cárcel insignia del gobierno, llevando personas deportadas por el gobierno estadounidense, entre los que se encuentran criminales aún más peligrosos que las pandillas salvadoreña, como es el grupo llamado Tren de Aragua, sin dejar de mencionar lo controversial por las denuncias de que estas deportaciones también incluyen personas que no pertenecen a ninguna estructura criminal.
Esta es una decisión altamente cuestionada por especialistas en derecho constitucional y derecho penal, así como por defensores de derechos humanos, en razón que dicha decisión no tiene un asidero legal en nuestra legislación ni en tratados internacionales, porque como país no tenemos jurisdicción penitenciaria para encarcelar personas sancionadas en otros países; a la misma vez, que es una medida que atenta contra el deber del Estado de organizar los centros penitenciarios con objeto de corregir a los delincuentes, educarlos y formarles hábitos de trabajo, procurando su readaptación y la prevención de los delitos, como literalmente lo mandata el artículo 27 de nuestra constitución.
Si no se están creando condiciones en el sistema carcelario para cumplir con la finalidad de la pena antes expuesto, podemos advertir también que todas las medidas implementadas por el gobierno actual, pudieran incubar nuevos fenómenos criminales en el país a mediano y largo plazo, sin entrar aun al análisis sobre las causas estructurales que proliferan la delincuencia, que vendría a añadir otros elementos que no pueden ignorarse si se pretende atacar de raíz el problema de la violencia social.
A partir de estos elementos, se puede sugerir a la comunidad jurídica que de manera responsable asumamos una posición crítica y propositiva con respecto a la situación que afrontamos, por las graves deformaciones al sistema jurídico que tendrá un impacto en la aplicación de justicia de manera general.