Fidelina Martínez Castro
Las personas funcionarias de los tres órganos del Estado están obligadas a cumplir las normativas que regulan el quehacer republicano, en donde toda la población delega en sus representantes específicas funciones, y tales representantes no tienen “más facultades que las que expresamente les da la ley”, Art. 86, inc. 3ro. C.
Cuando el funcionariado del Gobierno de turno ejerce un liderazgo, independientemente que tengan o no cualidades para hacerlo, deben respetar la Constitución, que establece en el Art. 83 lo siguiente: “El Salvador es un Estado soberano. La soberanía reside en el pueblo, que la ejerce en la forma prescrita y dentro de los límites de esta Constitución”.
Al ser el pueblo, con su multiplicidad de pensamientos, el depositario del poder soberano, el funcionariado no debe ni puede, en sus funciones públicas, privilegiar determinada creencia religiosa asumiéndola como directriz de políticas públicas, tampoco debe utilizar su cargo de responsabilidad pública para influenciar a la población con frases, invocaciones y/o mensajes religiosos, que son propios y legítimos en las respectivas iglesias por quienes representan a esa religión, pero inconstitucionales en una República democrática, en donde mayorías y minorías deben ser respetadas en sus creencias o no creencias.
No se trata de “tolerancia”, como dicen algunas personas funcionarias, porque se estaría ante la imposición y aceptación de una ilegalidad contraria al espíritu constitucional descrito en el Art. 235 C., que señala la responsabilidad del funcionariado, quienes están en la obligación de “ser fiel a la República, cumplir y hacer cumplir la Constitución, etc…”.
Además, el Art. 85 C., inc. 1ro., especifica la forma en que nuestro Estado se debe gobernar, y lo caracteriza como “República Democrática”, dos conceptos que no admiten supremacías de una determinada ideología, sea esta religiosa, política, filosófica u otra, porque al ser la cosa pública de toda la población, el pensamiento y las creencias son múltiples y variadas, las que deben ser respetadas por el funcionariado y no pretender que, por ser una creencia porcentualmente mayor, se puede imponer e instrumentalizar para ganar votos.