Gloria Silvia Orellana
@DiarioCoLatino
La Cámara Ambiental de Segunda Instancia de San Salvador resolvió el pasado 27 de octubre prorrogar, por tercera vez, las “medidas cautelares” de protección temporal sobre el río Sensunapan y los lugares encantados, como amparo ante el intento de construcción de la octava hidroeléctrica sobre su cauce.
En ese marco legal los Pueblos Indígenas de Nahuizalco, Sonsonate, aglutinados en el Comité Indígena para la Defensa de los Bienes Naturales de Nahuizalco y la Mesa por la Sustentabilidad de los Territorios de Sonsonate (MESUTSO), exigieron al Estado salvadoreño y en específico al Ministerio de Cultura, romper el silencio y omisión de su responsabilidad con el patrimonio cultural.
La cuenca del río Sensunapan, según varios estudios realizados sobre su cauce y caudal de aguas, nace en el municipio de Izalco (Sonsonate) y el departamento de Santa Ana, que luego cruza toda el área metropolitana de Sonsonate y desemboca en el municipio de Acajutla, hacia el Océano Pacífico. El mayor problema que enfrenta este cuerpo de agua es la deforestación, contaminación por agrotóxicos de los cultivos y su utilización para deponer aguas negras o basura, lo que ha generado “estrés hídrico”.
Desde hace 18 años la Población Indígena de los cantones más afectados Sisimitepet y Pusthan, en el municipio de Nahuizalco, Sonsonate, han venido exigiendo del gobierno y en especial del Ministerio de Cultura, que ha encontrado y registrado alrededor de 14 lugares sagrados en la zona, se resiste en intervenir en el proceso judicial e impedir la construcción de la octava represa que afectaría su cauce en 4 kilómetros.
Ariela González, abogada de FESPAD, que acompañan a la MESUTSO, señaló, sobre el Caso del Río Sensunapan, que inició en el año 2021 judicialmente, en la Cámara de Segunda Instancia, la que decretó “medidas cautelares”, en donde giró una orden al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) de no entregar el permiso ambiental a la empresa Sensunapan S.A de C. V., por la existencia de “patrimonio intangible” (cultura inmaterial), que son lugares sagrados para la población indígena.
“En esas medidas cautelares, también ordena al Ministerio de Cultura, generar una serie de medidas de protección y emitir una serie de medidas jurídicas y técnicas, para proteger estos sitios sagrados. Entre ellas, porque es implícito el reconocimiento de estos lugares y su protección según la ley de Protección al Patrimonio Cultural y la Constitución”, explicó.
Asimismo, expresó compartir la preocupación de los Pueblos Indígenas ante 16 meses de medidas cautelares lo que significaría de un serio incumplimiento por parte, del Ministerio de la Cultura, al no seguir las órdenes giradas por la Cámara Ambiental, al no proteger el patrimonio cultural.
“No es que exista un límite en donde la Cámara -diga-, después de tantos meses ya no es viable seguir prorrogando las medidas cautelares, pero creemos interesante la medida que están creando puesto que las prórrogas, si bien están fundamentadas debido al incumplimiento de las autoridades del Ministerio de Cultura, les falta argumentar el fundamento de ese incumplimiento ante la Cámara”, agregó González.
No obstante, la denuncia de los pobladores Enrique Carías, representante del Comité Indígena para la Defensa de los Bienes Naturales de Nahuizalco, y residente en el cantón Sisimitepet, señaló, que pese a esta situación de silencio y omisiones del Estado en la protección del patrimonio cultural, no dejarán la “actitud de alerta”, en defensa del río Sensunapan.
“Sabemos, que la Cámara Ambiental ha prorrogado por 2 meses más las medidas cautelares, -las que no son malas- que desde hace 16 meses nos han dado tranquilidad porque están garantizando que este bien natural que tanto bien da a la población, las comunidades y la vida y le protegen. Porque no lo pueden tocar y se mantendrá en su cauce natural”, señaló.
“Pero, sí nos preocupa que estas medidas cautelares, en algún momento terminen, y por esto queremos expresar que esperamos de la Cámara Ambiental medidas cautelares permanentes, que este bien natural quede protegido para siempre, y es lo que queremos del tribunal, porque las actuales medidas cautelares se acaban rápido y eso nos genera cierta preocupación”, acotó Carías.
Asimismo, denunció que la empresa hidroeléctrica “aprovecha cualquier espacio” para introducirse a las comunidades e incidir en liderazgos del municipio, buscando obtener la aceptación para construir la octava represa sobre el cauce Sensunapan, que solo vendría a disminuir el caudal para las comunidades empobrecidas que lo rodean.
“Andan comprando voluntades y los inducen a votar por ellos, hacen programas que solo son fachadas, solo para saludar y mostrarse hacia afuera, obras que en ninguna tiene un impacto favorable para la vida cotidiana de las comunidades. Solo es propaganda o llamarada de tusa para que la gente les aplauda, les admire o les apoye”, agregó.
“La empresa busca esos espacios entre las medidas cautelares que gira la Cámara Ambiental, para construir su represa, y son 18 años que sabemos que esta empresa manipula voluntades de líderes comunales, religiosos y de todo tipo por eso queremos la medidas cautelares sean de carácter permanente y que la empresa se vaya de allí”, sostuvo Carías.
En este contexto las peticiones de las comunidades de los cantones de Sisimitepet y Pushtan, es que las medidas cautelares sean permanentes en protección al patrimonio material e inmaterial. Y la suspensión de permisos a la empresa Sensunapan y la actualización de la política nacional de los Pueblos Indígenas, que incluya la participación social.
Mientras, Hugo Díaz, arqueólogo, lamentó el comportamiento de esta Cartera de Estado, la cual no se aleja de la conducta que asumió en el Caso de Tacuhscalco y el río Ceniza, en donde fue partícipe al autorizar a una empresa urbanística destruir parte de un patrimonio ceremonial de ese lugar.
En cuanto a la existencia de un “permiso” para la construcción de la presa hidroeléctrica, cuando no estaba en vigencia la Ley de Cultura, y en el momento de la resolución de las medidas cautelares de la Cámara Ambiental, Díaz señaló que el artículo 30 de la Ley Especial de Patrimonio le obliga a dar la protección a estos lugares, pero ha desistido de aplicar el marco jurídico.
“Conforme al artículo 105 de la Ley de Cultura, se han identificado por la comunidad 14 lugares sagrados y ceremoniales y paraje -solo esto- obliga al Ministerio de Cultura, darles protección. El inventario lo vienen realizando desde marzo pasado, ya tienen todos los insumos necesarios y constitucionalmente están obligados a declarar Bien Cultural cada uno de estos espacios, pero tampoco lo han hecho”, señaló.
“Hay un argumento del Ministerio de Cultura, que dice que solo va a declarar el patrimonio inmaterial y esa es una arma de doble filo, porque deja desprotegidos los lugares en ese río. Creemos que es una forma de favorecer a la empresa, pero debemos tener claro, que si se declara el patrimonio inmaterial asociado pero también el espacio en el cual, se materializa ese patrimonio intangible”, sostuvo Díaz.
“Estamos luchando para evitar que se extinga el río”, dijo Amalia López, de la UNES, al afirmar que el impacto de la octava represa sobre el Sensunapan, significaría 4 kilómetros de río sin caudal que denegará el derecho humano al agua de quienes sobreviven en sus márgenes y también a la biodiversidad, con consecuencias irreversibles en muchos aspectos.
“Hay que destacar que estas comunidades han luchado desde sus propias limitaciones y pocos recursos y por esto es importante que se retome y se haga cumplir lo que la sentencia les ha establecido a los ministerios de Cultura y Medio Ambiente”, reseñó.
“Esto es es histórico, porque es la primera vez que convergen los intereses de los Pueblos Indígenas en la protección natural y que se ha llevado a un tribunal, demandamos que estos ministerios acaten la ley, porque hemos sabido que el MARN está buscando un estudio ambiental que ayude a la empresa a obtener el permiso y eso no es justo”, puntualizó López.
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