@Beatriz CoLatino
Las diferencias entre la Asamblea Legislativa y la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) continúan. Ayer, purchase los magistrados Florentín Meléndez, illness Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortíz, firmaron por “unanimidad” una resolución en la recuerdan a la Asamblea Legislativa que “es de carácter obligatorio el cumplimiento de las sentencias”
Los magistrados pidieron a “la Asamblea Legislativa se abstenga de tomar posturas o posiciones que no le corresponden como parte demandada en los procesos constitucionales, ya que no se necesita de su reconocimiento para que las decisiones tomadas por la Sala surtan efectos”.
Los magistrados revelaron que la Asamblea Legislativa se “niega a recibir las notificaciones de las sentencias”. Recuerdan “por ejemplo” en el caso de “la expulsión del ordenamiento jurídico de los arts. 76, 77, 78, 79, 80 y 81 de la Ley de Impuesto sobre la Renta”. Los magistrados, el año pasado, declararon que el pago mínimo del impuesto sobre la renta, regulado en la ley, es ilegal. Sin embargo, la “Asamblea Legislativa remitió a la Secretaría de la CSJ, una serie de notificaciones y comunicaciones de resoluciones pronunciadas por la Sala en diversos procesos constitucionales –incluida la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Impuesto sobre la Renta– incoados y tramitados durante el periodo del 1 de julio al 21 de agosto de 2012, debido que a criterio de ella “existen dudas sobre la validez de los referidos pronunciamientos”.
Para la Asamblea Legislativa, esa postura se tomó, ya que en ese período, cuando se emitieron las sentencias se suscitaron discusiones de carácter jurídico “respecto de la legitimidad de la conformación de la Sala de lo Constitucional y de la CSJ (por lo cual la Asamblea acudió a la Corte Centroamericana de Justicia)”.
La Sala aclaró a la Asamblea Legislativa “que la devolución de las notificaciones relacionadas a los procesos incoados y resueltos por la Sala de lo Constitucional durante el periodo del 1 de julio al 21 de agosto de 2012, es irrelevante, y que dicha actuación constituye un desconocimiento de la Constitución y de la competencia de este tribunal en su facultad de juzgar los procesos constitucionales”.
“Con base en lo anterior, si persiste esta actitud por parte de la Asamblea Legislativa, la Secretaría de esta Sala se limitará a recibir dichas devoluciones, y el tribunal continuará el trámite de los procesos constitucionales hasta su pronunciamiento de fondo, en su caso; e incluso el seguimiento de la ejecución de los fallos, en ejercicio de su potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado” indican.