@BeatrizCoLatino
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) informó ayer que admitió una demanda de inconstitucionalidad con el decreto que permitió el nombramiento del presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), cialis Eugenio Chicas.
De acuerdo a los magistrados, healing ellos aceptan la demanda ante “la posible vulneración al principio de independencia jurisdiccional del Tribunal Supremo Electoral, sale contenido en los arts. 85, 172 inc. 3°, 208 inc. 1° y 218 de la Constitución”.
En la demanda se plantea que el presidente tiene vínculos director con el partido Frente Farabundo Martí para la Liberación (FMLN), incluso que tuvo cargos dentro de la Comisión Política de ese partido y que fue diputado por varios periodos.
La demandante menciona que “dado que el TSE es un órgano estatal que ejerce potestad de juzgar los casos que son sometidos a su conocimiento, a fin de garantizar su independencia, imparcialidad y transparencia, es necesario que sus magistrados carezcan de afiliación partidaria”.
La existencia de este vínculo significaría “un obstáculo para la realización del interés general implícito en su principal función, ya sea por favorecer a los mismos partidos o ejercer deficientemente las competencias que se atribuyen”.
Luego de aceptar la demanda, la Sala tendrá que analizar y decidir si el nombramiento del funcionario es inconstitucional o no.
La demanda fue presentada en marzo de este año por el ciudadano Salvador Enrique Anaya Barraza.
La admisión de la demanda fue firmada por “unanimidad” por los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortíz.
También, en la demanda presentada por Barraza se menciona que, dado que el TSE es un órgano estatal que ejerce potestad de juzgar los casos que son sometidos a su conocimiento, a fin de garantizar su independencia, imparcialidad y transparencia, “es necesario que sus magistrados carezcan de afiliación partidaria”.
Razona que al existir un “vínculo” podría significar un obstáculo para la realización del interés “implícito en su principal función, ya sea por favorecer a los mismos partidos o ejercer deficientemente las competencias que se atribuyen”.
En la resolución de admisión, la Sala estableció que el demandante ha expuesto en forma adecuada los elementos del control de constitucionalidad indispensables para iniciar el proceso de inconstitucionalidad, al determinar con claridad el objeto y los parámetros de control, así como las razones por las que él considera que existe contradicción entre ambos.
Es de recordar que existen antecedentes de este tipo de peticiones de inconstitucionalidad, donde los magistrados Constitucionales declararon ilegal el nombramiento del presidente de la CSJ Salomón Padilla, el año pasado, alegando que no tenía independencia por su cercanía con el FMLN.
“Seré respetuoso de la normativa” : Magistrado Eugenio Chicas
El Magistrado presidente del Tribunal Supremo Electoral, Eugenio Chicas, afirmó que acatará el fallo que emita la Sala de lo Constitucional, luego de ser notificado sobre la admisión de un recurso de inconstitucionalidad sobre su vinculación partidaria y el desempeño de su cargo.
“Seré respetuoso y acataré el fallo de la Sala de lo Constitucional,
pero creo que la militancia partidaria, no me exonera trabajar con
ética y apegado a la ley “, dijo.
El Magistrado presidente explicó que cuenta con cinco días hábiles para presentar su argumentación ante el señalamiento, donde contextualizó que la demanda fue presentada en el marco de una elección compleja.
“En ese sentido las instituciones de Estado tienen la responsabilidad de analizar esa complejidad de ese estado electoral, pero insisto, seré respetuoso de lo que determine la institucionalidad y en este caso la Sala de lo Constitucional”, agregó.
Asimismo, el Magistrado Chicas añadió que se deberá dilucidar la constitucionalidad de la actuación de la Asamblea Legislativa que eligió a los integrantes del máximo ente electoral.
“Como presidente del Tribunal me propongo defender el fundamento que ha existido sobre este nombramiento, ya que este se basa en la Constitución de 1983, y se retomó en la reforma constitucional que emanó de los Acuerdos de Paz, dando las características que el Tribunal Supremo Electoral, ahora tiene”, confirmó.