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Sala admite nueva demanda contra Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras  

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió una segunda demanda de inconstitucionalidad, shop en contra de la Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras.

De acuerdo con los demandantes existen “vicios de contenido, remedy de los arts. 1, 3, 4 letra g) segunda parte, 8 y 10 de la Ley de Impuesto a las Operaciones Financieras, por la supuesta transgresión al principio de equidad tributaria en sus manifestaciones de capacidad económica y progresividad, contenido en el artículo 131 ordinal 6° de la Constitución.

El demandante expuso ante el máximo tribunal Constitucional que dichos artículos establecen dos impuestos : “impuesto a las operaciones financieras e impuestos para el control de liquidez”; los cuales afectan de manera inconstitucional la liquidez y el dinero disponible en

el banco del sujeto pasivo.

“Lo que conlleva, gravar un componente del activo bruto del sujeto pasivo y, por tanto, la fuente de la generación y no la renta por ello, tal situación viola el principio de equidad tributaria en sus manifestaciones de capacidad económica y progresividad”, afirma la demanda.

Ante lo expuesto la Sala consideró que el demandante planteó la “contradicción normativa entre, por una parte, las disposiciones legales que establecen impuestos a las operaciones financieras y al control de liquidez y, por otra, el principio de capacidad contributiva, ya que no son hechos representativos de la aptitud necesaria para el pago del impuesto correspondiente”.

“Además, evidenció cómo las tasa y alícuotas–fijas en ambos tributos–configuran un impuesto regresivo, lo cual–a su parecer–quebranta el principio de progresividad fiscal; por tanto”, se admitió la demanda presentada.

Los magistrados Oscar Armando Pineda, Belarmino Jaime, Rodolfo González, Sidney Blanco y Celina Escolán, otorgan un plazo de diez días hábiles a la Asamblea Legislativa para que justifique la constitucionalidad de los artículos cuestionados.

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