Alexander Pineda
@DiarioCoLatino
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió a trámite tres de las cinco demandas interpuestas contra el decreto legislativo 594, que contiene la declaratoria de régimen de excepción, en el que se suspenden algunos derechos constitucionales como medida preventiva ante la pandemia de la enfermedad COVID-19.
Según comunicó la CSJ, la tarde de este jueves, dos demandas fueron rechazadas por considerarlas “improcedentes”, mientras las tres restantes cumplieron con los requisitos de ley.
La CSJ también aclaró que las demandas fueron admitidas sin la posibilidad establecer la medida cautelar solicitada por los demandantes, que era suspender la entrada en vigencia del decreto de Estado de Excepción.
“Los ciudadanos no brindaron, partiendo del contexto de una pandemia mundial, argumentos objetivos –y no especulativos– que evidenciaran que la ley generaría graves menoscabos a los derechos y garantías de la población”, dijo la CSJ en el comunicado.
Los ciudadanos fundamentaron sus demandas en la forma en la que el decretó de Estado de Excepción fue aprobado el pasado 14 de marzo, manifestando que los 57 votos con los que se aprobó fueron en su mayoría de diputados suplentes sin que los propietarios justificaran la convocatoria de suplentes a la votación. Los ciudadanos consideran violentados los artículos 27 y 131 de la Constitución de la República.
Por otra parte, también señalan que el decreto que contiene la declaratoria de Estado de Excepción carece de límites establecidos para la restricción de los derechos fundamentales de libertad de tránsito y de reunión pacífica, violentando el principio de seguridad jurídica, consignado en el artículo 2 de la Carta Magna.
Además, sostienen que se habría incumplido el supuesto de “epidemia” del artículo 29, que justifica un Estado de Excepción.