@JoakinSalazar
La Sala de lo constitucional emitió sentencia de amparo a favor de personas afectadas por la contaminación por plomo en el “sitio del niño”, sovaldi sale en el municipio de San Juan Opico.
La Sala explica que se vulneraron los derechos de medio ambiente con afectación en a los derechos de salud y vida de todo ser humano.
Con esta resolución, view la Sala de lo Constitucional declara la culpabilidad de los hechos a la empresa Baterías de El Salvador, S.A. de C.V., entidad que abandonó sin dar un tratamiento adecuado a los cientos de familias afectadas.
Asimismo, determina que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Ministerio de Salud Pública, de la época (2004 -2009), son también responsables de los hechos suscitados por la contaminación por plomo y no actuar debidamente con las víctimas.
También existe responsabilidad del Concejo Municipal de San Juan Opico y el Fiscal General de la República durante el periodo presidencial de Elías Antonio Saca.
Y es que de acuerdo a la resolución, el MINSAL aprobó los planos de construcción y el permiso de funcionamiento de la aludida fábrica, además el MINSAL es responsable de retrasarse en ordenar el cierre de la fábrica de Baterías.
Por su parte, el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales tiene responsabilidad de no realizar a tiempo los estudios de impacto ambiental a la citada fábrica de baterías y al proyecto habitacional denominado Ciudad Versalles, dentro de una zona protegida y de reserva de agua.
El Fiscal General de la República es responsable de no ejercer la acción penal. Las comunidades afectadas de la contaminación por plomo de la empresa Baterías de El Salvador venían solicitando justicia desde el año 2005, situación que no fue escuchada hasta hoy.
La Sala ordenó que los ministerios de Salud Pública, Ministerio de Medio Ambiente y el Concejo Municipal de San Juan Opico deberán garantizar el cumplimiento de los derechos de más de 500 personas afectadas por la contaminación. “Las instituciones deberán adoptar diversas medidas con la finalidad de restaurar el ecosistema afectado y prevenir que se continúe contaminando el ambiente, afectando la salud y poniendo en grave riesgo la vida de la población residente en esa zona”, expresa la sentencia.
Asimismo, deberán presentar un informe a la Sala en un plazo de noventa días para demostrar las decisiones y acciones que han retomado las entidades.
La sentencia de amparo fue firmada por unanimidad por los magistrados Oscar Armando Pineda, Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.