Alexander Pineda
@DiarioCoLatino
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió este viernes verificar el carácter legal de las retenciones hechas por las autoridades desde el pasado 21 de marzo, cuando se decretó la cuarentena domiciliaria obligatoria en el territorio nacional, en el marco de la emergencia nacional ante la pandemia de COVID-19
En un comunicado, la Sala Constitucional manifiesta que en caso de que ciudadanos se encuentren retenidos en sedes policiales y no en sitios acondicionados para una cuarentena sanitaria, estos deben ser trasladados a sus lugares de residencia para que guarden el resguardo obligatorio.
El Tribunal Constitucional aclaró que quienes se encuentren en los centros de contención habilitados por el gobierno y pudieran haber estado en contacto con focos de contagio de la enfermedad deberán permanecer en estos y recordó a las autoridades su obligación de brindar un trato digno y atención adecuada a la población en cuarentena.
La decisión de la Sala se dio después de conocer y admitir un recurso de Habeas Corpus (para revisar la legalidad de la privación de libertad) a favor de tres mujeres que fueron retenidas por agentes de la Policía Nacional Civil en el municipio de Jiquilisco, en el departamento de Usulután.
El demandante expuso a la instancia que las mujeres se encontraban en un mercado de la localidad abasteciéndose de alimentos y medicamentos cuando los agentes de la PNC las trasladaron forzosamente hacia la sede policial por supuestamente incumplir la cuarentena obligatoria.
Añadió que las privadas eran las responsables de proveer a sus grupos familiares de los insumos para sobrellevar la cuarentena domiciliaria y que en su condición de arresto no se les ha brindado alimentación ni fundamentos sobre su detención en sede policial.