Samuel Amaya
@SamuelAmaya98
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio por incumplida la sentencia de 2019, sobre el uso del carril segregado del Sistema Integrado de Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (SITRAMSS), por lo que ordena nuevamente a los diputados, legislar sobre autorizar o no la concesión para la explotación de carril segregado y las estaciones.
En la sentencia de 2019, la Sala puntualizó que para poner en marcha el proyecto SITRAMSS no se respetó el debido proceso que establece la Constitución de la República en el artículo 120, pues este dice que: “Toda concesión que otorgue el Estado para la explotación de muelles, ferrocarriles, canales u otras obras materiales de uso público, deberán estipularse el plazo y las condiciones de dicha concesión, atendiendo a la naturaleza de la obra y el monto de las inversiones requeridas. Estas concesiones deberán ser sometidas al conocimiento de la Asamblea Legislativa para su aprobación”, lo cual no fue así, ya que no pasó a discusión de la Asamblea en aquel entonces.
Ahora, los magistrados de la Sala ordenan a la Asamblea que resuelva dicha concesión y que, además, legisle sobre el futuro que tendrá el uso de la infraestructura. Todo esto en menos de 12 meses.
La Sala ordena la licitación a la Asamblea Legislativa y en caso de no cumplir con los tiempos, el mismo tribunal ordenará eliminar toda la señalización que tiene que ver con el uso exclusivo del SITRAMSS.
Con la llegada de la pandemia en 2020 las unidades del SITRAMSS fueron resguardadas y hasta la fecha no han vuelto a circular.
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