Alexander Pineda
@DiarioCoLatino
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional decidieron no conocer la petición de la Corte Suprema de Justicia de determinar la constitucionalidad de la resolución del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) que ordena al pleno de la Corte entregar versiones públicas de los informes elaborados por la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícito emitidos durante el año 2018.
La decisión de la Sala de lo Constitucional se conoció la tarde de este viernes mediante un comunicado difundido por la cuenta oficial de Twitter de la institución.
Según el comunicado, la resolución no cumple con los presupuestos para que la Sala de lo Constitucional conozca sobre el carácter constitucional o inconstitucional de la petición de la CSJ.
La Sala aclara que «no desestima ninguna de las posturas enfrentadas que originaron la solicitud del proceso constitucional basado en el artículo 235 de la Constitución», por lo que debe inferirse que la decisión de la instancia se limita a abstenerse de catalogar como constitucional o inconstitucional la orden del IAIP en cuanto a los informes de Probidad.
El 30 de julio pasado, el IAIP ordenó a la Corte Suprema de Justicia que emitiera versiones públicas de los informes de la Sección de Probidad sobre presunto enriquecimiento ilícito. El 8 de agosto, la CSJ decidió «no acatar la resolución» basándose en los artículos 235 y 240 de la Constitución y subrayó que la información debe permanecer en «reserva temporal» hasta que el investigado haya sido llevado a juicio y vencido en este, puesto que de lo contrario pondría en peligro su derecho a la intimidad personal.
El Instituto reaccionó en su momento a la negativa del máximo tribunal de justicia salvadoreño, considerando que sus interpretaciones «representan un claro retroceso en la lucha contra la corrupción y la transparencia en El Salvador».