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Mediante una resolución de la Sala de lo Constitucional, unhealthy prostate se ordenó a Pan LIDO el reinstalo de los sindicalistas Presentación López y Carlos Vidal, ed despedidos desde hace más de dos años.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió la resolución de admisión de los amparos promovidos por los directivos sindicales del Sindicato de Empresa Lido S.A (SELSA), mediante la cual se le ordena a la Sociedad Lido S.A de C.V que proceda a reinstalarlos en sus puestos de trabajo como medida cautelar mientras se tramita el proceso de amparo.
La orden se suma a otra emitida recientemente en la cual se ordenó el reinstalo de Cándida Luz, Secretaria General del Sindicato de Trabajadores de la Industria de Procesamiento de Alimentos (SITIPA).
El julio de 2013, 11 directivos de los sindicatos SELSA y SITIPA, incluyendo a los mencionados trabajadores, fueron despedidos arbitrariamente de la empresa LIDO, en el marco de un conflicto de interpretación del contrato colectivo de trabajo.
Por lo que los sindicalistas agotaron todos los recursos legales para intentar su reinstalo hasta llegar a la Sala de lo Constitucional, la cual decretó la medida cautelar en virtud de existir elementos suficientes que apuntan a la violación del artículo 47 de la Constitución derivados del despido de los sindicalistas.
De igual forma, la Sala de lo Constitucional advirtió a empresarios que serán procesados si persisten en actitud, es decir si se niegan a reinstalar a los sindicalistas.
En relación al proceso de amparo de la dirigente sindical Cándida Luz, la Sala de lo Constitucional advirtió a los directivos de la Sociedad LIDO que pueden ser procesados penalmente si no dan fiel cumplimiento a la medida cautelar decretada.
Asimismo, pidió a tal sociedad que rindiera nuevo informe sobre las condiciones en que ha sido reinstalada la dirigente. Dicha resolución se da luego de que la secretaria general del SITIPA informara a la Sala de lo Constitucional de la negativa de la Sociedad a dar cumplimiento exacto a la medida cautelar.
Tanto el reinstalo de la secretaria del sindicato, como el de los otros dos directivos sindicales constituyen precedentes judiciales históricos en tanto que por vez primera se ordena el reinstalo de sindicalistas en el sector privado. Los amparos que han dado origen a tales resoluciones fueron elaborados con el apoyo técnico jurídico del programa DESC de FESPAD.