Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
Los magistrados de la Sala de lo Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, admitieron una demanda de inconstitucionalidad contra el decreto número 39, emitido por la Presidencia de la República, en el cual se establece un cargo del trece por ciento a la tarifa de la energía eléctrica en concepto de inversión social, por lo que ordenaron como medida cautelar la suspensión del cobro de energía del 13%.
La demanda de inconstitucionalidad manifiesta que con el cargo de inversión social creado se llevarán recursos a un fondo que ni siquiera es un presupuesto especial, evadiendo su control legislativo al pretender trasladarlos a la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL).
Además, expone que dicho cargo vulnera el principio de reserva de ley tributaria, en relación con lo establecido en el artículo 131 ordinal 6° de la Constitución; debido a que los tributos son una materia que corresponde regular a la Asamblea Legislativa, lo que excluye la posibilidad de que el Órgano Ejecutivo los emita, como supuestamente ha sucedido en el presente caso, ya que se aprobó por medio de una reforma al reglamento y no de la ley respectiva.
La admisión de la demanda ocurre mientras la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) discute el ajuste a la tarifa de electricidad, que se tenía previsto ser anunciado a mediados de este mes.