Diario Co Latino
La Sala de lo Constitucional, sovaldi order de la Corte Suprema de Justicia, sale declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Telecomunicaciones, online referidos a la subasta como único mecanismo de acceso a las frecuencias radioléctricas y la renovación automática de las mismas; sin embargo, en éste último avaló que los actuales propietarios puedan renovar su concesión por 20 años más, lo que para Leonel Herrera, de la Red por el Derecho a la Comunicación (ReDCo), representa una contradicción.
“Nosotros consideramos que, en la práctica, la Sala de lo Constitucional violenta su propia sentencia porque resuelve que la renovación automática es inconstitucional pero dice que se renueven automáticamente por 20 años más”, señaló Herrera, durante la entrevista de noticiero Hechos, de Canal 12. Herrera también criticó al magistrado de la Sala de lo Constitucional, Florentín Meléndez, pues aseguró que cuando el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) estableció los estándares sobre libertad de expresión, él era presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“Entonces, resulta que con esta sentencia el magistrado Florentín Meléndez está violentando los mismos parámetros internacionales que él hizo”, apuntó. Otro de los cuestionamientos que hace la ReDCo a la sentencia de la Sala es la primacía que, según Roberto Rugamas, dieron los magistrados a los intereses de los concesionarios privados.
“Nosotros consideramos que darle tanta prioridad a los derechos adquiridos, pensando en el ánimo de lucro en perjuicio del derecho humano fundamental a tener un espectro radioeléctrico democratizado… es contradictorio en la argumentación de la Sentencia”, criticó. Rugamas agregó que la Sala no ordenó ningún peritaje para emitir su sentencia, ni corrió traslado a los peticionarios sobre si había inversiones realizadas, el monto y cuando tardarían los concesionarios en recuperarlas, por lo que sostiene que hubo violaciones al debido proceso.
Según Leonel Herrera, en el texto de inconstitucionalidad consta que varios privados intentaron participar como terceros afectados en el proceso para dar sus argumentos, pero la Sala no se los permitió.
“Entonces, ¿cómo es posible que un juez que no escucha a alguien, porque no lo dejó participar en el proceso, termine resolviendo a favor de esta persona?”, cuestionó.
Los representantes de la ReDCo explicaron que están a la espera de la resolución aclaratoria que deberá emitir la Sala de lo Constitucional sobre la sentencia de la ley de telecomunicaciones para saber, entre otras cosas, quienes deberán ir a subasta o sorteo para acceder a una frecuencia, y si al avalar por 20 años más la renovación podrán hacerlo los que obtuvieron la concesión con la actual ley o si también lo harán los que la adquirieron a través de la Ley de Servicios de Telecomunicaciones.
Asimismo, piden que la Sala aclare si los actuales concesionarios mantendrán el ancho de banda actual, 6 megahercios (MHz), o han considerado la multiplicación de canales que habrá con la digitalización de la televisión, prevista para 2018. A partir de lo que establezca la Sala en su aclaración la ReDCo definirá si acude a la CIDH para presentar una medida cautelar, en la que pedirán que no se apliquen las disposiciones de la sentencia que violentan los estándares de libertad de expresión del SIDH.