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Blanca Coto, Superintendente General de Comunicaciones y Carlos Canjura , Asesor juridico (SIGET). Foto Diario Co Latino/ Jorge Rivera.

Sala de lo Contencioso deja sin efecto decisión de Junta Directiva de la Siget

@BeatrizCoLatino

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pharm admitió una demanda presentada por la empresa TVRED o canal 11, online en la que solicita dejar sin efecto la decisión de la Junta Directiva de la SIGET, que ordena que canal 11 debe volver a la frecuencia de canal 37.

La Sala de lo Contencioso, además de admitir la demanda,  emite la “medida cautelar” de dejar sin efecto de carácter temporal la decisión de la Junta de Directores, la mayoría de la empresa privada, y ordena que canal 11 siga operando, mientras se dicta una sentencia definitiva.

El traspaso de frecuencia de canal 37 (UHF) al 11 en (VHF), generó mucha polémica y una gran campaña de los medios de comunicación de televisión, que afirman que el proceso de traspaso se dio irregularmente durante la gestión de Astor Escalante. No obstante, ha quedado evidenciado que el temor de los canales de Boris Eserski (2, 4, 5, y 6), es la comptencia, pues, pretenden mantener el oligopolio mediático. Los otros canales, el 12 y el Grupo Megavisión (canales 19 y 21), se plegaron a los intereses de la Familia Eserki.

La Sala de lo Constitucional de la CSJ, en su afan de favorecer a los grupos mediaticos salvadoreños, ante una solicitud de la Superintendecia, aclaró que la Junta de Director de la SIGET es el Máximo Tribunal y no se les pueden quitarle facultades y por ello, se debía cumplir la decisión por ellos tomada, que era volver el canal 11 al 37.

Sin embargo, la empresa TVRED o canal 11, argumenta en su demanda presentada por medio de su apoderado legal Carlos Alfredo Ramos Contreras, que de hacer efectiva la revocatoria se estaría “constituyendo un daño irreparable”. “Pues las inversiones realizadas para preparar, iniciar y mantener la operación de dicho canal de televisión serían totalmente pérdidas sin que exista al menos, una mediana posibilidad de recuperación”.

También, los demandantes afirman que si se saca del aire y operaciones el canal 11,  no se “tendría una opción más que hacer un despido masivo de todo el personal que fue contratado”.

Advierten los de canal 11 que retornar a la banda de frecuencia original, es decir canal 37, conllevaría un “daño adicional en su patrimonio puesto que tendría que incurrir en costos adicionales a los ya erogados cuando salía del aire el canal 37”.

De acuerdo con lo presentado por la parte demandante y la decisión de la Junta de Directores de la SIGET, la Sala de lo Contencioso administrativo “afirma que con todo lo expuesto, los argumentos y circunstancias, se evidencia un daño irreparable o difícil reparación”.

Asimismo, revelan que en la deliberación sobre la adopción de la medida cautelar, el magistrado Roberto Argueta Manzano no votó por la misma. El magistrado Argueta Manzano expuso que con las razones expuestas en la demanda, no conllevan a otorgar la medida cautelar debido a que no concurren los supuestos del artículo 17 de la ley de Jurisdicción Contencioso Administrativo (LJCA), ya que se limita a exponer todos los posibles daños que podrían devenir “precisamente del incumplimiento del acto objeto”.

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