@JoakinSalazar
Como se ha vuelto tradición para los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que acompañada de la resolución de inconstitucionalidad, también legisla o establece nuevas normativas, hecho que no se ha quedado atrás con la resolución del Presupuesto General de la Nación 2017, en el que ordenan medidas a tomar.
Ayer, la Sala declaró a través de dos demandas de inconstitucionalidad, que el Presupuesto General de la Nación 2017 es inconstitucional porque vulnera los principios de equilibrio presupuestario y universalidad establecidos en los artículos 226 y 227 de la Constitución de la República, debido fundamentalmente al desfinanciamiento del presupuesto, por la subestimación de los gastos previsibles e ineludibles como el pago de la deuda previsional del Fideicomiso de Obligaciones Previsionales (FOP) y del Instituto de Previsional de la Fuerza Armada (IPSFA).
“En el presupuesto 2017 existe una equivalencia matemática entre ingresos totales de $4,957,831,280 y gastos totales $4,957,831,280, pero se ha corroborado que este hecho no incluye todos los gastos reales e íntegros que deben realizarse en el presente ejercicio financiero fiscal”, dice la Sala.
“Como consecuencia de este equilibrio numérico ficticio, se generan brechas de financiamiento y problemas de liquidez en el presupuesto para cumplir con compromisos y obligaciones previamente establecidas, tales como la deuda de pensiones que es de US $230 millones para el año 2017, y en el presupuesto solo se previó la cantidad de US $1,000”, dice la Sala.
Aunque la Asamblea Legislativo utilizó ese mecanismo porque la Sala, en diciembre, le paralizó el mecanismo de financiamiento que previamente a presentar el Presupuesto había aprobado el Órgano Legislativo.
Los magistrados dictaron cuatro medidas para presuntamente garantizar un presupuesto equilibrado: “La Sala ordena que los Órganos del Estado y las demás instituciones públicas tomen las medidas necesarias para evitar la aprobación de gastos no prioritarios, excesivos o injustificados, que no guardan coherencia con la situación fiscal y financiera del Estado, y que impactan negativamente en el equilibrio presupuestario que debe observarse”, dice el escrito.
Entre las medidas para garantizar el Presupuesto del año 2017 piden regular la transferencia de recursos a entes privados que ascienden aproximadamente a $5.6 millones de dólares, distribuidos entre asociaciones y fundaciones de distinta naturaleza y finalidad.
Los Magistrados establecen que el Ejecutivo y el Legislativo quedan inhabilitados para realizar transferencias de recursos públicos a entes privados, particularmente a aquellos que tienen vínculo material con partidos políticos y grupos afines, y con funcionarios públicos o sus parientes.
De igual manera, los magistrados advierten un aumento injustificado y progresivo de la planilla de personal en el sector público y de la magnitud de la carga presupuestaria, “Por tanto, se determinan algunas medidas para superar esta situación: suspender la creación de nuevas plazas, salvo en áreas estratégicas como educación, salud, justicia y seguridad pública, suspender los aumentos salariales para las plazas y contratos de funcionarios públicos y jefaturas en las instituciones del sector público, suspender nuevas compensaciones adicionales a los salarios que se devengan”, dice la Sala.
Los Magistrados pidieron suprimir la compra de equipos y bienes suntuarios, o de uso no prioritario en la Administración pública, tales como la adquisición de vehículos de lujo, medida en la que ellos mismos han sido cuestionados.
Además, pide limitar el uso de publicidad.
A la Asamblea Legislativa, los magistrados ordenaron revisar el gasto en remuneraciones de ciertos grupos de servidores públicos que se traducen en incrementos periódicos desproporcionados, estipulados en escalafones.
Además, advierte “Todos los servidores públicos beneficiados con el escalafón deben mantenerlo en una proporción relativamente constante, que no genere distorsiones entre un sector laboral y otro, ni presiones fiscales desproporcionadas”.
Por última medida, los magistrados solicitaron a los tres órganos del Estado y otras entidades que se abstengan de realizar gastos en nuevos contratos de seguros médico-hospitalarios para sus funcionarios y jefaturas; o en su defecto, buscar alternativas presupuestarias razonables, puesto que esto incide en desfinanciamiento presupuestario.
Finalmente, la Sala dice que debido a que el presupuesto 2017 ya se encuentra en ejecución, y que la invalidación inmediata del presupuesto podría producir efectos perjudiciales mayores a la situación financiera y fiscal del país, l ordena a la Asamblea Legislativa realizar las reformas y adecuaciones necesarias para cumplir la sentencia y corregir las violaciones constitucionales constatadas, a más tardar el día 31 de octubre de 2017.