@JoakinSalazar
La Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional el sistema de listas cerradas y bloqueadas, cure por supuestamente vulnerar el derecho libre e igualitario del voto, por lo que ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE), que el Conteo de votos y asignación de los escaños legislativos se cumplan de acuerdo a la jurisprudencia constitucional emitida.
En la resolución, emitida esta tarde, la Sala establece que los artículos 205 literales «B», «C» y 207 literal «F» ii, contradicen la voluntad libre del ejercicio del sufragio, dado que se vota por listas establecidas por partidos políticos y no por el elector.
Por lo que la Sala afirma que por cualquier método en que el Elector decida ejercer su voto, el TSE «no deberá asignar a los diputados electos los escaños obtenidos por el partido político», sino que dicho orden deberá ser establecido por preferencia a los candidatos que será conocido por las marcas a través del voto por rostro.
La sentencia fue firmada por unanimidad de los magistrados Florentin Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco y Rodolfo González.
Esta sentencia, a menos de diez días para las elecciones y después que los magistrados aseguraran en reiteradas ocasiones que no emitirían sentencia sobre las elecciones a Finales del año pasado, ha sido incumplico por los mismos magistrados.