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Sala desestima proceso de amparo contra La Prensa Gráfica por derecho de respuesta

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En sentencia firmada ayer, sovaldi sale la Sala de lo Constitucional desestimó una demanda de amparo contra el periódico La Prensa Gráfica, prescription donde se le atribuía a dicho medio de comunicación la vulneración de los derechos de respuesta y al honor del señor Rafael González Garciaguirre, cuando este ejerció el cargo de Director General interino de la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP).

El demandante manifestó que el presidente del grupo Dutriz lesionó sus derechos de respuesta y al honor en virtud de que le negó la publicación –en cuatro ocasiones– de aclaraciones sobre diversas notas periodísticas que consideró agraviantes, por contener informaciones “falsas, tergiversadas e incompletas”. En dichas publicaciones se informaba sobre su posible responsabilidad por anomalías que ocurrieron en la ANSP durante el período en que fungió interinamente como director de la referida institución. Además, señaló que algunas de las informaciones generaron un gran impacto debido a que fueron titulares de primera plana, lo cual le causó desprestigio y le vedó la posibilidad de ocupar un importante cargo público para el cual iba a ser propuesto.

En la publicación del 10-VIII-2005, La Prensa Gráfica difundió información relacionada con un supuesto fraude en el ascenso de 23 oficiales de la 7ª promoción del nivel ejecutivo de la ANSP. Sobre esto, la Sala rechazó los argumentos del demandante en cuanto a la violación del derecho del honor, exponiendo que dicha publicación estaba amparada por el normal ejercicio de la investigación periodística y la crítica al poder, especialmente, porque fueron utilizados en el contexto de una investigación de LPG. Además, el señor González tenía la condición de funcionario público, en virtud de la cual debía soportar las denuncias y crítica realizadas en torno a su desempeño como funcionario.  Por otra parte, la sentencia también desestima la vulneración al derecho de respuesta, ya que la referida publicación propició el derecho de los ciudadanos a recibir información, lo cual, a su vez, les brindó la oportunidad real de exigir a las instituciones competentes que realizaran las investigaciones necesarias para determinar la veracidad de las referidas informaciones y, en su caso, exigir que se dedujeran los distintos tipos de responsabilidad previstos en el ordenamiento jurídico si hubiera existido alguna actuación ilegal o abuso de poder. Por último, se establece que el referido señor tuvo la oportunidad real de defender ante la población la licitud de sus actuaciones –en el espacio brindado por LPG– y de presentarle una versión distinta que justificara su modo de proceder, y así el público se pudiera formar libremente una opinión en la que también se tuvieran en cuenta sus argumentos.

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