@BeatrizCoLatino
El ex presidente Mauricio Funes no podrá representar El Salvador bajo la figura de diputado del Parlacen, cialis luego que ayer los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaran inconstitucional dos artículos del tratado Constitutivo que permitía esa función.
El Ex mandatario fue juramentado el 25 de junio como diputado del Parlacen, doctor a raíz de la sentencia emitida por la Corte Centroamérica de Justicia (CCJ) y pese a la medida cautelar que giró la Sala salvadoreña, viagra luego de admitir la demanda en contra de reglamentos del Parlacen.
Los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortiz, en una sentencia definitiva explicaron que son inconstitucional artículos de Tratado Constitutivo y el Reglamento Interno del Parlacen, que establecen que Presidentes, Vicepresidentes y Designados a la Presidencia integrarán automáticamente el Parlacen al concluir sus mandatos, ya que vulnera los artículos 78 y 80 de la Constitución.
La decisión fue unánime y los magistrados dicen que la incorporación de Funes el pasado 25 de junio no “tiene ningún efecto jurídico en El Salvador”, y no podrá representar al país en el organismo regional. Además, dicen que no se reconocen los derechos y prerrogativas de ese cargo, como el fuero legislativo centroamericano, pagos y viáticos.
En la demanda presentada por un grupo de mujeres de derecha, con un pasado oscuro durnate la guerra civil, se explicó que las disposiciones del Parlacen vulneran el art. 80 de la Constitución, pues autoriza que el Presidente y el Vicepresidente de la República, los Designados a la Presidencia, al concluir sus mandatos, integren el Parlacen, sin haberse “sometido a una elección popular en el que reciban mandato popular para fungir como diputados centroamericanos”.
Eso implica para los demandantes que, al no haber sido electos de manera directa, no se encuentran “legitimados para desempeñar tales cargos”.
“En su sentencia, la Sala expuso que mediante el art. 2 incs. 2° y 3° del Tratado Constitutivo del Parlacen se pretende privar a los ciudadanos salvadoreños de la capacidad de decisión sobre quiénes serán sus representantes en un organismo supranacional, pues se irrespeta el mandato constitucional según el cual los diputados del Parlacen son funcionarios de elección popular, es decir, elegidos mediante sufragio universal, directo, libre, igualitario y secreto, razón por la cual se declara la inconstitucionalidad de dicha disposición”.
La semana pasada, previo a la celebración del 30 aniversario de la Sala de lo Constitucional, el magistrado y presidente en funciones de la Corte, Florentín Meléndez, dijo que Funes había caído en un desacato, por no acatar la medida cautelar ordenada.
La Sala ordena a la Fiscalía General de la República (FGR), una investigación para determinar si la juramentación de Funes es “constitutivo de un hecho delictivo”.
“Fue del conocimiento público la desobediencia a la resolución judicial por parte del ciudadano Funes Cartagena, la sentencia afirma que corresponde a la Fiscalía realizar las investigaciones al respecto, y promover la acción penal correspondiente”, advierten.