@JoakinSalazar
Los Magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estableció responsabilidad de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES) en las desapariciones forzadas realizadas en once personas durante el operativo militar “Operación Limpieza” o “Guindas de Mayo”, cialis sale en Chalatenango, here ocurridas entre mayo y junio de 1982, drugstore por lo que ordena que se realice una investigación de los hechos.
Los magistrados establecen la responsabilidad de los Batallones Belloso y Atlacatl, con el apoyo de la Brigada de Infantería, de San Juan Opico; Cuarta brigada de Infantería de El Paraíso, y la Fuerza Aérea de El Salvador, sobre la desaparición de once personas.
La Sala declaró favorable la solicitud de “hábeas corpus” por la desaparición forzada de María Amparo Romero y su hijo, Elvira Orellana, José Rafael Franco, Pastor Serrano Serrano, Gladis Serrano Serrano, Norberta Serrano Serrano, José Mauricio Menjívar Melgar, Rosa Morena Orellana Tobar, Milagro Navarro Orellana y Marcos López Orellana, desapariciones perpetradas bajo el operativo Operación Limpieza en Chalatenango.
Los peticionarios (familiares de las víctimas) manifestaron que las mencionadas personas fueron sustraídas por miembros de la Fuerza Armada que participaban en dicha acción, por lo que les daban persecución y desaparecieron, sin tener conocimiento de la ubicación de sus familiares hasta hoy.
La Sala basa su dictamen en el informe de la Procuraduría Para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) y dictamen pericial de la perito María Margarita Zamora Tobar.
El caso, pese al tiempo transcurrido (33 años), los magistrados dan responsabilidad del hecho al Ministro de la Defensa Nacional y el Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada.
De acuerdo al Juez Tercero de Sentencia de San Salvador, Juan Antonio Durán, el Ministerio de Defensa ha determinado que no hay información sobre operativos militares, tablas de organización de equipo para el combate, privación de libertad, “no se tiene documentación sobre operativos militares en Chalatenango, de mayo y junio de 1982, pues se le informó que la información era confidencial, secreta y se transmitía verbalmente”.
Ante esto, La Sala ordena al Ministro de la Defensa Nacional y al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada que, a través de una nueva verificación de sus registros y cualquier otro medio lícito, proporcionen información en relación al operativo militar realizado en los lugares y fechas indicadas en esta sentencia y la desaparición forzada de las víctimas.
Finalmente, ordena a la FGR, conforme a sus atribuciones constitucionales, por los medios y en la forma legalmente establecida, “investigue inmediatamente la desaparición forzada de las víctimas”.
Organizaciones sociales habrían denunciado anteriormente que la Fiscalía se había negado a investigar este hecho, alegando falta de interés de los familiares de las víctimas, argumento que fue negado por familiares.
Las víctimas forman parte de más de 70 mil personas que fueron reportadas como fallecidas y desaparecidas durante el conflicto armado de 1980 – 1992.