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Sala ordena cumplir revocatoria en caso canal 11

@BeatrizCoLatino

La Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) debe de dar cumplimiento a la resolución que emitió la Junta de Directores de la misma, online que revoca la reasignación del canal 37 al canal 11, según Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Los magistrados emitieron ayer una sentencia aclaratoria en el tema con respeto al canal 11 que del canal 37 pasó al 11, pero la junta de directores resolvió que debería regresar la frecuencia al 37.

Los magistrados declararon que es válida la resolución que revocó la asignación del canal 37 al 11 y advierten que la junta de directores tiene facultades para resolver este tipo de procesos, pesé a la medida cautelar que impide en estos momentos la subasta de frecuencias.

La Junta de directores revocó una decisión del expresidente a de la SIGET, Astor Escalante, luego de una campaña mediática de los canales de televisión, encabeza por los canes 2, 4 y 6, que conforman la Telecorporación Salvadoreña (TCS). Fue a inicios de septiembre que la junta de directores decide. Sin embargo la Superintendente Blanca Cotto prefirió consultar a la Sala pues había un impedimento de la Sala.

Y es que la Sala, en mayo de este año, al admitir un proceso de inconstitucionalidad emite una medida cautelar de suspender cualquier movimiento de concesión o frecuencia, sin embargo, afirma que la Junta de Directores puede tomar decisiones y por eso se revierte la reasignación.

La Sala estableció que la medida cautelar emitida en el proceso de inconstitucionalidad no implica un “menoscabo a la atribución que la Junta de Directores posee de conocer en apelación de las resoluciones del Superintendente respectivo, resolverlas y ordenar que se cumplan, de acuerdo al art. 13 inc. 1° letra e) e inc. 2° de la Ley de creación de SIGET”.

Aclaran que, pues la impugnación se refiere a la reasignación de frecuencias que no implican un procedimiento de “concesión y adjudicación”, como producto de subastas.

Los magistrados que firmaron la resolución también dicen que la Junta de Directores se encuentra habilitada para tramitar las apelaciones que se presenten en relación con resoluciones que la actual titular de la SIGET adopte y que se refieran a procedimientos no suspendidos por la medida cautelar adoptada en el proceso.

Dicha aclaración en el polémico caso del canal 11, que se encuentra al aire como tal, fue firmada por los magistrados Oscar Armando Pineda, Belarmino Jaime, Florentín Meléndez. La Sala estableció que la medida cautelar emitida en el proceso de inconstitucionalidad no implica un menoscabo a la atribución que la Junta de Directores posee de conocer en apelación de las resoluciones del Superintendente respectivo, resolverlas y ordenar que se cumplan, de acuerdo al art. 13 inc. 1° letra e) e inc. 2° de la Ley de Creación de SIGET, pues la impugnación se refiere a la reasignación de frecuencias que no implican un procedimiento de concesión y adjudicación, como producto de subastas. También, la Junta de Directores se encuentra habilitada para tramitar las apelaciones que se presenten en relación con resoluciones que la actual titular de la SIGET adopte y que se refieran a procedimientos no suspendidos por la medida cautelar adoptada en el proceso.

Sidney Blanco, hace unos días adelantó que la Sala había decidido intervenir y aclarar el tema de las concesiones porque se había mal interpretado la sentencia de admisión de la demanda de inconstitucionalidad en contra del proceso de otorgamiento de concesiones.

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