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Sala reitera que CNJ debe realizar un nuevo proceso de elección de magistrados a CSJ

@JoakinSalazar

La Sala de lo Constitucional reiteró la orden ante el Concejo Nacional de la Judicatura (CNJ) de realizar un nuevo proceso de elección de candidatos a magistrados para la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarando “sin lugar” el recurso de revocatoria planteado por el  ex presidente Tito Zelada.

La revocatoria no fue aceptada por el pleno de la Sala de lo Constitucional debido a que fue interpuesto por el expresidente Zelada que fue declarado inconstitucional su nombramiento como titular del Consejo Nacional de la Judicatura, cheap por lo que carece de validez su solicitud, remedy dice la Sala.

De acuerdo a la resolución de la Sala, a Zelada se le notificó su destitución a las nueve horas del 29 de abril y la revocatoria fue entregada ante la Sala cuatro horas después, por lo que invalida la solicitud del ex presidente.

 Ante esta situación, la Sala reiteró que la lista de candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia elaborada por el Pleno del CNJ no cuenta con validez jurídica.

 La lista de candidatos presentada por el CNJ fue declarada “nula” por los magistrados de la Sala, ordenando que se realice una nueva elección.

El Pleno del CNJ deberá acatar la orden de realizar nuevamente el proceso de selección de candidatos para conformar la nómina de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo a la Constitución y la sentencia emitida por la Sala.

Según los magistrados la nueva elección de candidatos para conformar la lista, debe ser reflexiva, situación que requiere valorar la documentación recopilada, teniendo en cuenta la idoneidad y aptitud de los candidatos.

Asimismo, la sala plantea que el CNJ debe de presentar documentación del proceso de selección en el que se permita a los pre candidatos exponer sus propuestas.

También, la Sala establece los criterios que deben ser retomados por el CNJ, los cuales son: contar con al menos diez años de ejercicio profesional en una rama específica del Derecho, haberse dedicado a la docencia en instituciones de educación superior, al menos cinco años.

Además, contar con los informes de las instituciones y dependencias en las que hayan laborado los pre candidatos, para establecer la conducta profesional y privada con el fin de establecer la moralidad notoria.

Finalmente, ordena que la deliberación y la votación al elaborar el listado completo de candidatos a la magistratura deben hacerse públicas.

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