Por Leonel Herrera*
El Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque ha pasado a vista pública el “Caso Santa Marta” y manda a juicio a los cinco defensores ambientales. Así se impuso la injusticia, la cobardía y los intereses extractivistas.
Se impuso la injusticia porque -como es de sobra conocido- la Fiscalía General de la República (FGR) no presentó pruebas reales de la existencia de los delitos imputados ni de la participación de los procesados en su cometimiento.
La defensa legal de los líderes comunitarios señala que -tras un año de “investigaciones”- los flamantes fiscales de la Unidad de Delitos del Conflicto Armado siguen basando su acusación en el relato contradictorio de un testigo protegido, no encontraron el cadáver de la supuesta víctima y no cuentan con elementos probatorios que compensen la ausencia del cuerpo del delito.
Por tanto, el Juzgado debió decretar el sobreseimiento definitivo de los activistas ambientales y cerrar ese espurio proceso penal. Elevar a vista pública un caso donde no existen verdaderas pruebas es absolutamente ilegal.
El caso también es improcedente debido a que, en base a la legislación penal aplicada, ya prescribió; y porque, además, está cubierto por la exención de responsabilidad penal establecida en la Ley de Reconciliación Nacional de 1992, normativa que cobró vigencia nuevamente con la Sentencia de Inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía. Esto, en caso de que existiera el delito; pero, como se ha dicho tantas veces, NO HAY PRUEBAS.
La prescripción y la extinción de la acción penal se aplican, porque la calificación de delito de lesa humanidad dada por la Fiscalía es errónea. El Estatuto de Roma y otros instrumentos del derecho internacional establecen que, para ser crimen de lesa humanidad, un asesinato debe ser parte de “un patrón sistemático de ataque a la población civil”; y ése no es el caso del supuesto asesinato adjudicado a los ambientalistas de Cabañas.
Se impuso la cobardía, porque la jueza María Elizabeth Amaya Rivera no tuvo la entereza de actuar en base a los principios del debido proceso, la legalidad y la aplicación de justicia; sino que se alineó con los intereses de la Fiscalía. Se “lavó las manos”, como Poncio Pilato, pasando la responsabilidad al tribunal de sentencia.
El triste desempeño de esta “aplicadora de justicia” es una confirmación contundente de la falta de independencia judicial y de la cooptación, el servilismo y el sometimiento de la mayoría de jueces del país al gobierno de turno.
Esta misma crítica es válida para la jueza de Paz de Victoria, que debió haber rechazado este caso en la audiencia inicial realizada en febrero del año pasado. Lo actuado por ambas funcionarias judiciales queda registrado en la historia de las injusticias.
Y, finalmente, se impusieron los intereses extractivistas porque, las claras señales de la posible reactivación de la minería metálica, confirman que detrás del espurio proceso judicial contra los defensores ambientales de Santa Marta y ADES están las ambiciones de lucro de quienes buscan extraer minerales preciosos del subsuelo nacional sin importarles las graves consecuencias ecológicas, sociales y económicas para el país.
Estos fuertes intereses económicos están manipulando e instrumentalizando al sistema judicial para criminalizar y perseguir penalmente a quienes defienden el agua, los ecosistemas y la vida, frente a la amenaza del nocivo extractivismo minero.
La posibilidad de detener esta injusticia está ahora en manos de la Cámara Penal de Cojutepeque. En un comunicado difundido ayer en redes sociales, Santa Marta y ADES informaron que la defensa legal de los activistas antimineros ya presentó la primera apelación y que en los próximos días interpondrá otros recursos.
Así que aún es posible revertir esta barbarie.
*Periodista y activista social.