Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino
La Asamblea Legislativa desarrolló una sesión plenaria para conocer la nota del Consejo de Ministros en la que solicitaba que se llevara realizara una reunión extraordinaria, el próximo domingo, para tocar como punto único la aprobación del préstamo por $109 millones para ejecutar la fase III del Plan Control Territorial.
Con 64 votos, 3 en contra y una abstención la Asamblea declaró improcedente la solicitud del presidente Nayib Bukele.
Es de mencionar que durante el desarrollo de la reunión, el presidente de la República, Nayib Bukele usó su cuenta de Twitter para además de reiterar la solicitud hecha a la Asamblea Legislativa, llamar a la insurrección a la población.
En el desarrollo de la sesión plenaria, Mario Ponce, presidente de la Asamblea Legislativa llamó a una reunión a la Comisión Política para dar respuesta a la correspondencia enviada por el Ejecutivo.
El Congreso salvadoreño -sobre la nota presidencial- consideró que la aprobación de un préstamo no es emergencia constitucional y, por tanto, los motivos expuestos en la nota para la convocatoria del Consejo de Ministros no son suficientes.
“Analizando las razones que motivan al Consejo de Ministros para hacer la referida convocatoria, como lo es la discusión y aprobación del dictamen número 78 de la Comisión de Hacienda para aprobar o autorizar la suscripción de un préstamo, se estima que no es de interés de la República, y ello no constituye emergencia constitucional”, reza el documento de respuesta que se envió al presidente de la República.
Los legisladores destacaron que las razones expuestas por el funcionario no solo no es emergencia constitucional, sino también que implica endeudamiento por lo que la Asamblea Legislativa está facultada para vigilar el orden de las finanzas públicas.
El pleno reiteró que si bien el tema de seguridad es de importancia la aprobación de un préstamo no supone emergencia constitucional, por lo que los motivos del Consejo de Ministros son insuficientes para hacer uso de la potestad que le confiere el artículo 167, inciso 7 de la Constitución de la República.
Otra de las consideraciones expuestas por los parlamentarios radica en que proveer seguridad es un deber del Estado y un derecho constitucional de los salvadoreños, además llamó al Ejecutivo a respetar el principio de separación de poderes.
La Asamblea Legislativa consideró que la solicitud del Ejecutivo transgrede el principio de independencia de los órganos del Estado, y consideró que el ejercicio de la potestad de convocar a sesiones extraordinarias debe utilizarse de modo excepcional y motivada por circunstancias reales que acrediten el interés de la República.
Según el escrito elaborado por la Asamblea Legislativa, la convocatoria hecha por el Consejo de Ministros podría tener vicios de inconstitucionalidad y pondría en riesgo que la sesión se contamine, lo cual afectaría una eventual aprobación de la suscripción del préstamo, de abordarse en dicha reunión.