Mirna Jiménez
@DiarioCoLatino
El magistrado de la sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Aldo Enrique Cáder, aclaró ayer que el veredicto de esa instancia superior respecto al Sistema Integral de Transporte del Área Metropolitana de San Salvador (SITRAMSS), no ordena la inmediata destrucción de la infraestructura de ese proyecto.
“Lo que se ha dicho es: había una medida cautelar que permite que los carros particulares también pudieran circular en el carril del SITRAMSS, entonces, ahora con esta sentencia la medida cautelar ya no puede mantenerse porque ya hay sentencia, pero la situación que siga de la misma manera como ha estado funcionando meses atrás y se deja un año para que se tomen las decisiones al respecto”, aclaró Cáder.
El magistrado, dijo que lo que establece la sentencia es un año de plazo para que el Ejecutivo y la Asamblea Legislativa, definan la utilidad del SITRAMSS y a partir de ello un procedimiento, para que se licite de nuevo ese proyecto de transporte.
“Consideramos que un año es un tiempo prudencial para que se puedan tomar la decisiones al respecto; ya si en un año no se decide hacer algo con la infraestructura que ahí está, si la Sala dice que se tendrá que ordenar la remoción, la destrucción de toda la infraestructura y volver cómo estaba antes”, ilustró Cáder en entrevista con canal 33.
Tras el anuncio del fallo en el tema del SITRAMSS por parte de la sala de lo constitucional, el Presidente de la República, Nayib Bukele, ordenó al ministro de Obras Públicas que procediera a “desmantelar” la infraestructura del sistema masivo de transporte, porque no tiene “ningún motivo de ser”, pero luego se retractó y anunció que primero se procedería a investigar los términos de adjudicación del proyecto. Aunque la Sala de lo Constitucional, ha otorgado un año para que el ejecutivo evalúe la posibilidad de mantener ese proyecto de transporte masivo de pasajeros, Bukele no ha planteado esa posibilidad, solo la investigación de la adjudicación del SITRAMSS.
Dijo Cáder, que en el tema del SITRAMSS se tomó en cuenta los derechos de la población que usa ese transporte público, por eso hubo modulaciones a la sentencia, en el sentido de otorgar un año de plazo a los funcionarios encargados de resolver la situación de la licitación del servicio y que este se mantenga.
“Una de las posibilidades hubiera sido: inmediatamente se notifica la inconstitucionalidad, ordenar que debe desaparecer el SITRAMSS precisamente por esa violación a la Constitución, esa hubiera podido ser una línea de los efectos de la sentencia, sin embargo, nosotros, tomando en cuenta la inversión que ahí hay, los posibles beneficios que pueda traer para la población, tomamos la decisión de modular los efectos”, explicó el magistrado.
Caso Xochitl Marchelli
En otro tema, el magistrado Cáder, explicó que el amparo a favor de Xochitl Marchelli Canales, por su separación en el cargo de directora suplente del consejo directivo Instituto Salvadoreño de Desarrollo Municipal (ISDEM), obedece a que el Concejo Municipal de la Alcaldía de San Salvador no le respetó los derechos de la exfuncionaria, quien fue destituida antes de cumplir el plazo por el que había sido electa.
“Antes de que se le venciera ese período, el Concejo Municipal decide removerla, entonces nosotros estamos diciendo en la sentencia: esto viola su derecho de estabilidad en el cargo, porque se le remueve sin seguir el procedimiento respectivo, sin habérsele comprobado alguna causal que la hiciera alguien no apta para ese cargo”, afirmó el magistrado.
Despido masivo de trabajadores
Cáder, también informó que hasta el martes la Corte Suprema de Justicia, había recibido diecinueve demandas por su despido del Gobierno. Manifestó, que varias de las que él ha tenido a la vista van en contra del presidente Nayib Bukele.