José Mejía
Diario Co Latino
Mientras la Defensoría del Consumidor iniciaba una campaña informativa para que se aplicara bien el cobro de la contribución especial para la seguridad en los distintos establecimientos de un centro comercial, sildenafil un cliente de la cadena Súper Selectos solicitaba una recarga de $1.00 a una cajera de dicho supermercado, hospital quien le decía que tenía que cancelar $1.05, ya que la máquina automáticamente le reflejaba ese cobro.
A pesar que eso es ilegal, en varios establecimientos formales como la cadena de supermercados, Farmacias Económicas, así como informales, kioskos, revendedores de mercados siguen cobrando distintos montos extra por recargas y prestación de servicios telefónicos o compra de teléfonos o accesorios.
Debido a que en los primeros días de la aplicación de este cobro se han sucedido irregularidades y que el Ministerio de Hacienda ya ha emitido, no solo la ley que lo regula, sino el mecanismo para hacer una correcta aplicación de esta contribución, la Defensoría desplegó una campaña de información tanto a los intermediarios que están cobrando por servicios de telefonía como a la ciudadanía para que se cumpla la correcta aplicación de la ley.
La información se ha hecho llegar también a las empresas de telefonía para que corrijan la práctica que se ha implementado en los últimos días de adicionar el valor de la contribución al costo de los servicios por los que se paga. Además que informen objetivamente a sus clientes.
La Defensoría colocó afiches informativos en todos los establecimientos que se dedican a la compra y venta de servicios de telecomunicación “para que la población sepa cómo es el cobro de este mecanismo de contribución, que no incluye ni está permitido un cobro adicional a lo que tiene que pagar el consumidor”, aseguró la Presidenta de esa institución, Yanci Urbina.
Si un consumidor adquiere un servicio de comunicación por $1, $2, $3 o la denominación que se ofrezca, ese es el valor que se debe cancelar sin ningún cobro extra, ya que en ese precio se incluye el IVA y el valor de la contribución especial.
Cuando el consumidor solicita un dólar de recarga en servicio telefónico, este pagará $0.85 por el servicio de interconexión telefónica, $0.11 por IVA y $0.04 corresponderán al pago de la contribución especial para la seguridad. Esta es la aplicación que debe hacerse según lo estipulado en el instructivo del Ministerio de Hacienda, aseguró la Presidenta de la Defensoría.
Kioskos, farmacias y otros intermediarios que están cobrando más al consumidor pueden ser denunciados porque es ilegal que realicen dicho cobro según las autoridades de la Defensoría y los delegados de Hacienda, ante quienes pueden interponer las denuncias correspondientes.
Urbina señaló que hasta las 7 de la noche del día martes 1 de diciembre, el teléfono 910 de la Defensoría había recibido más de 1,400 avisos de infracción reportados por la ciudadanía, debidamente documentados.
“Los comerciantes, distribuidores, revendedores de los mercados, tiendas, pequeños puestos de ventas no son una instancia autorizada para la retención de esta contribución especial y únicamente están autorizados los titulares que son concesionarios de los servicios de comunicaciones que en este caso son las empresas telefónicas”, advirtió Urbina.
Los que realicen el cobro sabedores de los procedimientos legales y dispuestos por las autoridades deberán explicar cuál es la razón por la que han realizado este procedimiento irregular. Todas las reclamaciones que están presentando los consumidores son tramitadas en debida forma y trasladadas al MH para que aplique las sanciones correspondientes, quien tiene la facultad sancionadora en este caso.
Las empresas de telecomunicaciones están obligadas al cumplimiento de la ley y de los procedimientos que ha emitido Hacienda. El mecanismo de devolución del dinero que ha sido cobrado indebidamente lo determinará la referida cartera de Estado, porque es la entidad competente en materia de tributos.