Los magistrados de la Sala de lo Constitucional suspendieron la medida impuesta por el gobierno de no permitir el ingreso de salvadoreños o residentes permanentes que no presenten prueba PCR de COVID-19 negativa.
Joaquín Salazar
@JoakinSalazar
Los salvadoreños y residentes permanentes que ingresen al país desde este 19 de septiembre no tendrán que presentar una prueba de reacción en cadena de la Polimerasa (PCR). La medida fue decida por el Ministerio de Salud Pública, la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) y la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).
Esta medida no aplica a ciudadanos no residentes en El Salvador. La decisión es una ampliación de la medida cautelar, en el que ordena “la suspensión de los efectos de las decisiones adoptadas por las autoridades, entre ellas, la circular identificada con la referencia 024/2020, suscrita el 11 de septiembre de 2020 por el encargado de la Gerencia Aeroportuaria de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma”, dicta la medida cautelar.
Los magistrados agregan que “las autoridades mencionadas tienen prohibido replicar el contenido de las decisiones referidas, por lo que, en caso de hacerlo, las mismas no surtirán ningún efecto jurídico mientras dure la vigencia de la medida cautelar adoptada en la presente resolución”.
El 11 de septiembre CEPA hizo público la circular en la que advertía la medida que para ingresar a El Salvador deberán de presentar un aprueba de PCR negativa y certificada por un laboratorio, tomada en un plazo de 72 horas antes del vuelo e ingreso a El Salvador. La medida es anunciada previo a la próxima reapertura del Aeropuerto Internacional San Oscar Arnulfo Romero Galdámez.
De igual manera, la Sala dio por recibido el informe de actualización del Ministerio de Relaciones Exteriores a través de su abogado sobre las repatriación de salvadoreños varados.