Alma Vilches
@AlmaCoLatino
Luego de la sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) pronunciar la resolución final en el proceso de cancelación iniciado en 2015 contra Cambio Democrático (CD), cuatro de los cinco magistrados del tribunal votaron a favor de dicha cancelación.
Los magistrados que votaron por que CD fuera cancelado lo hicieron porque no obtuvieron 50 mil votos en los comicios de 2015 y ningún diputado en la Asamblea Legislativa, tal como lo establece la Ley de Partidos Políticos.
El magistrado presidente del TSE Julio Olivo dejó constancia que concurre con su voto en la decisión pronunciada por la mayoría del tribunal en cancelar a CD, y expuso que la Sala de lo Constitucional se pronunció hasta dos años 8 meses y 8 días después de enviada la resolución sobre la inaplicabilidad del artículo 47 del Código Electoral.
“No queda más alternativa que cumplir con la referida sentencia en el sentido de aplicar el artículo 47 de la Ley de Partidos Políticos, ya que según la Sala de lo Constitucional es constitucional y no procede la inaplicabilidad alegada en el 2015”, reza el documento en que Olivo concurre con su favor en la cancelación de CD.
Mientras tanto, el magistrado del TSE Miguel Ángel Cardoza difirió en la decisión del resto de los miembros del organismo colegiado, pues consideró que la demora injustificada por la Sala de lo Constitucional en pronunciarse permitió la participación de CD en los comicios municipales y legislativos de 2018, lo cual permitió que la voluntad popular obtuviera un diputado.
“Soy de la opinión que no puede ser cancelado, quedando superado el análisis de cancelación únicamente a los resultados del año 2015, tampoco puedo pasar por alto que cada evento electoral tiene sus tiempos y por certeza no debemos abocarnos a procesos ya concluidos. Así mi voto en contra”, dice el texto de la resolución emitida por el TSE.
Sin embargo, el tribunal resolvió que el diputado obtenido por CD en las elecciones de 2018 ha sido legítimamente electo, y debe continuar en el ejercicio de su cargo, bajo las reglas del derecho parlamentario, integrando el grupo legislativo que la Asamblea designe, ejerciendo su cargo con las garantías constitucionales correspondientes.
Asimismo, el TSE procedió a la cancelación de Fraternidad Patriota Salvadoreña (FPS), Partido Social Demócrata (PSD) y Partido Salvadoreño Progresista (PSP), porque no lograron en las elecciones los requisitos que la ley establece.