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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) convoca este día a los comicios presidenciales del 3 de febrero de 2019. Foto Diario Co Latino/Archivo.

TSE convoca a Elecciones Presidenciales 2019

Alma Vilches
@AlmaCoLatino

Tal y como lo establece la ley, los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) convocan este día a los comicios presidenciales del próximo 3 de febrero de 2019. La convocatoria a las elecciones de los funcionarios deberá preceder por lo menos cuatro meses antes a la fecha de los comicios que se traten.

El artículo 170 del Código Electoral señala que el Tribunal deberá emitir un decreto convocando a las elecciones que corresponden, el cual deberá publicarse una sola vez en el Diario Oficial y en los principales medios informativos del país.

Debido a las sentencias de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al igual que las elecciones anteriores municipales y legislativas, los Organismos Electorales Temporales (OET), conformados por las Juntas Electorales Departamentales y Municipales y las Juntas Receptoras de Votos, estarán integrados por ciudadanos sin ningún tipo de afiliación partidaria, aunque sí propuestos por los partidos políticos en contienda.

De no cumplir los partidos con el número de personas propuestas para los OET, se deberá hacer un sorteo entre los ciudadanos que cumplan los requisitos establecidos en el Código Electoral. Para estos comicios presidenciales se mantiene la modalidad de voto residencial a nivel nacional, y voto desde el exterior​ para los ciudadanos inscritos.

Asimismo, los cuatro candidatos a la Presidencia de la República están autorizados desde hoy por el TSE a impulsar en todo el país las diferentes actividades proselitistas donde soliciten el voto a la población.

El artículo 172 del Código Electoral y el artículo 81 de la Constitución de la República establecen que la propaganda electoral para el caso de presidente y vicepresidente a la República será permitida cuatro meses antes de la fecha establecida para las elecciones y finalizará tres días antes del evento. La propaganda electoral constituye un derecho de los partidos políticos o coaliciones debidamente inscritos.

Cerrado el período de inscripción de candidatos y candidatas, el derecho a hacer propaganda corresponderá únicamente a los partidos políticos o coaliciones contendientes, pudiendo hacerse por todos los medios lícitos de difusión sin más limitaciones que las que establecen las leyes de la materia, la moral y las buenas costumbres.

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