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Magistrados de la Sala de lo Constitucional. Foto Diario Co Latino.

TSE decidirá si admite o no inscripción de partidos políticos que nieguen información de su financiamiento

@JoakinSalazar

Ante la supuesta negativa de los partidos políticos de presentar sus cuentas y la forma de su financiamiento, los magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) condicionaron el desembolso de la deuda política, hasta que las instituciones políticas entreguen la información relativa al origen y destino de los fondos.

De igual manera, la Sala estableció que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) deberá exigir a los partidos políticos que rindan cuentas de su financiamiento en caso de no hacerlo, los magistrados dictaminaron que el TSE deberá valorar y decidir la inscripción o no de los partidos para las elecciones legislativas y municipales de 2018.

La Constitución y el artículo 144 inciso final del Código Electoral establece “Las candidaturas se inscribirán siempre que cumplan los requisitos exigidos por el presente Código, Ley de Partidos Políticos y demás leyes aplicables”, además de lo establecido en la resolución pasada de la Sala que los partidos deben rendir cuentas de su financiamiento.

En relación a la deuda política, la Sala dijo: “Para darle plena efectividad a la medida de seguimiento detallada, las autoridades competentes deberán abstenerse de entregar a todos aquellos partidos políticos que hayan participado en las elecciones correspondientes a los años 2014 y 2015, cualquier suma de dinero en concepto de deuda política para las elecciones legislativas y municipales de 2018, mientras no cumplan con lo ordenado por la Sala”.

En caso de que los partidos políticos sigan con su negativa, el Tribunal Supremo Electoral deberá darle continuidad a la medida cautelar de la Sala de lo Constitucional de no pagar el anticipo de la deuda política para las elecciones 2018.

La Sala de lo Constitucional estableció que la Asamblea Legislativa no cumplió con la resolución de 2013 en la que se ordenó a los diputados y diputadas que regulen o realicen reformas pertinentes a la Ley de Partidos Políticos, para permitir a la ciudadanía el derecho de acceso a la información, sobre origen y destino de los fondos de los partidos políticos.

“Se ha constatado que la Asamblea Legislativa ha incumplido la sentencia dictada por esta Sala, relativa a establecer mecanismos legales para asegurar la transparencia y rendición de cuentas de los partidos políticos, especialmente lo relacionado con facilitar el acceso a información pública sobre sus correspondientes fuentes de financiamiento, identidad de los donantes y destino de los fondos”, dicta la resolución de la Sala.

Asimismo, dictaminó: “Los partidos políticos tampoco han dado pleno cumplimiento a la decisión de esta Sala, ya que se resisten a rendir cuentas en los términos establecidos en la respectiva sentencia y las resoluciones de seguimiento”.

Los magistrados decidieron que la Asamblea Legislativa tiene hasta el primero de noviembre, para que realice las adecuaciones normativas que correspondan a efecto de cumplir con la sentencia.

De igual forma,  “Independientemente si la Asamblea legisla o no, los partidos políticos deberán proporcionar, en el mismo plazo indicado, la información relativa al origen y destino de los fondos con que financiaron sus campañas electorales de los años 2014 y 2015”, reza la resolución.

Por otro lado, la Sala ordenó al Instituto de Acceso a la Información Pública abstenerse de hacer efectiva la orden al Ministerio de Hacienda de proporcionar el acceso a la información sobre los nombres de las personas naturales y jurídicas que realizan aportes a partidos políticos y el monto de estos.

Para la Sala “Dicha medida cautelar no es coherente con lo establecido en la sentencia emitida en este proceso de inconstitucionalidad, pues la información confidencial de los contribuyentes que protege el secreto fiscal admite como excepción la divulgación de las identidades de financistas partidarios, de los montos de sus aportaciones y del destino de los mismos”.

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