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TSE llama a funcionarios a asentar partidas de defunción para actualizar Registro Electoral

Yanuario Gómez
@DiarioCoLatino

Con el objetivo de agilizar la actualización del Registro Electoral, el Tribunal Supremo Electoral instó a funcionarios a cumplir con su obligación de asentar las partidas de defunción de ciudadanos inscritos en el mismo.

El TSE expone que para la actualización del registro es importante contar con información continua en relación a la documentación antes mencionada. El organismo colegiado aclara a los funcionarios que el articulo 28 del Código Electoral señala la obligatoriedad a que están sujetos de informar sobre las defunciones.

“Aquellos funcionarios y funcionarias que por ley están obligados a asentar partidas de defunción, están en la obligación de enviar al Tribunal certificación de las mismas, dentro de los quince días hábiles al de su asentamiento”, reza el articulo 28 del Código Electoral.

La legislación en comento también destaca que el incumplimiento de lo dispuesto en dicho artículo por parte del funcionario responsable le hará sujeto, previa audiencia, a una sanción acordada en el artículo 253 del mismo cuerpo normativo.

La sanción para quienes incumplan su obligación de presentar certificación de asentamiento de partidas de defunción ante el TSE oscila entre los mil y 10 mil colones o su equivalente en dólares según la gravedad del caso y capacidad económica del infractor.

El TSE hace hincapié en la importancia que conlleva el cumplimiento de esta disposición legal por parte de los funcionarios para contar con un Registro Electoral actualizado y depurado en razón de los preparativos para el proceso electoral 2021 en el que se elegirá a Concejos Municipales y diputados.

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