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TSE: “Medida que prohíbe proselitismo de funcionarios es confusa”

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La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia emitió una resolución en la que ordena que los funcionarios públicos no participen en ninguna actividad de proselitismo o relacionada al proceso electoral, sovaldi ya que según ellos, sovaldi eso implicaría que los funcionarios se estén “prevaleciendo del cargo” para beneficiar políticamente a un determinado partido político.

Para el subdirector Jurisdiccional del TSE, sales Eduardo Cuéllar, esta reciente acción de la Sala de lo Constitucional confunde a toda la población porque señala ejemplos demasiado amplios de lo que serían las actividades prohibidas y no da mayores especificaciones.

“Cuando uno revisa esta resolución de explicación o ampliación de medidas provisionales,  ve que la Sala decidió plantear ciertos ejemplos de lo que implica prevalecerse del cargo, y entonces planteó seis hipotéticos. Algunos de estos son, en mi opinión, demasiado amplios, y ahí es donde surgió esa duda de que si un funcionario o empleado no podría integrar un organismo electoral temporal”, expresó Cuéllar en la entrevista “Agenda Ciudadana” transmitida por Televisión de El Salvador.

Ante esto, el Tribunal Supremo Electoral optó por hacer una aclaración propia basándose en la Constitución de la República, y reaccionó mediante dos comunicados donde aclaró a los involucrados que sí podrían participar en las mesas receptoras de votos.

“Todos los que trabajan de alguna manera con el gobierno, o con sus entidades, tienen la garantía legal y constitucional que no les va a afectar negativamente participar en organismos electorales, hay que recordar que cuando son miembros de un organismo electoral, no llegan a representar al partido simplemente, sino más bien llegan a ejercer una función pública de autoridad electoral. No deben tener ningún temor de integrar los organismos electorales para los que han sido nombrados”, explicó el representante del TSE.

Diferentes sectores de la sociedad civil, organizaciones sociales y juristas han manifestado su inconformidad con esta resolución de la Sala de lo Constitucional, ya que, según ellos, coarta muchos de los derechos que cada ciudadano posee.

“Para que los funcionarios estuvieran claros con ese punto, e igual el otro comunicado que va vinculado con el derecho a la libertad de expresión y de pensamiento, que lo reconoce nuestra Constitución de la República en su artículo seis, y además tratados internacionales en materia de Derechos Humanos como la Convención Americana de Derechos Humanos en su Artículo 13, donde se deja claro que la libertad de expresión, e inclusive dice, en el contexto de procesos electorales, es un derecho que no debe ser limitado, que no debe ser sujeto ni a censura. Es decir, todas las personas tenemos el derecho de expresar lo que pensamos”, afirmó Eduardo Cuéllar.

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