En varios editoriales hemos criticado férreamente algunas resoluciones o decisiones de la Sala de lo Constitucional, physician por considerar que más que contribuir a crear escenarios de entendimiento entre los órganos del Estado, busca mantener una confrontación innecesaria y, hasta cierto punto, invadir el espacio del otro.
En esta ocasión, nos referimos a la Sala de lo Constitucional para felicitarla, porque sus magistrados tomaron la sabia decisión de detener la subasta de por lo menos seis frecuencias del espectro radioeléctrico que, de acuerdo con la actual y cuestionada ley, solo favorece a quienes tienen poder económico, en detrimento de los medios públicos, los comunitarios, y de la sociedad en general.
De forma valiente y oportuna, ARPAS, la APES y FESPAD, entre otras entidades de la sociedad civil, mantuvieron un debate de altura, para rechazar una sospechosa decisión de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), que si bien le ampara la ley, era ilegítima a todas luces, al haberle negado la existencia de frecuencias radioelectricas a medios comunitarios, pero, sorpresivamente, a poco menos de tres semanas para que culmine el Gobierno, la Siget pone a subasta la frecuencias 7, 13, 14, 16,18 y 20.
Es de recordar que el año pasado, ARPAS, la APES y FESPAD promovieron un recurso de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Telecomunicaciones y su reglamento, por utilizar, como única forma de concesionar la subasta pública, lo que favorece al mejor postor, en detrimento de otros sectores de la sociedad salvadoreña que también tienen derecho a solicitar concesiones, pero, no por la vía de la subasta, por carcecer de poder económico.
Las Naciones Unidas mismas han rechazado el acceso a las frecuencias radiales y televisivas por la vía de la subasta, por considerarla excluyente y antidemocrática.
Es sabido, además, que en 2017, se digitalizará el sistema de frecuecias, lo que abrirá oportunidad de más frecuencias, y por ende es necesario abrir un debate sobre las concesiones futuras, que abarque los tres modelos de comunicación: el privado, el público y el comunitario.
Y dado, como hemos dicho antes, que la Siget negaba que había frecuencias disponibles, y que sorpresivamente se supo hace una semana que se estaban subastando las frecuencias arriba mencionadas, se abrió el debate de lo injusto de utilizar como única modalidad para optar a las concesiones, la vía de la subasta.
Pero no solo injusto, sino que atentatorio a la libertad de expresión y a la democracia misma, porque excluye a otros que también tienen derecho a acceder a frecuencias radioléctricas.
De ahí que, la resolución, de los magistrados Florentín Meléndez, Belarmino Jaime, Sidney Blanco, Rodolfo González y Eliseo Ortiz, de suspender la subasta de las frecuencias para las concesiones, es de suma importancia para la democratización de las comunicaciones en el país, porque abre un debate oportuno y necesario para que los diferentes sectores de la sociedad contribuyan a legislar para que no solo el sector privado salga favorecido, sino también el público y el comunitario.
Esperamos que la Sala declare, a la mayor brevedad, la incostitucionalidad de esa única forma de concesionar las frecuencias radioeléctricas, de lo contrario, la amenaza a la equidad, la libertad de expresión y a la democracia misma, seguirán amenazadas.