Alejandro Henríquez
En El Salvador recién inicia el estudio de la Constitución por parte de la Comisión Ad Hoc –liderada por el Vicepresidente Félix Ulloa y el Dr. Fabio Castillo-, con la finalidad de determinar aspectos que, a su criterio, podrían ser susceptibles de una reforma, ya sea porque consideren que el supuesto previsto en la Constitución es obsoleto o porque existen “lagunas constitucionales”. Además, vale decir que se ha abierto el portal web https://www.presidencia.gob.sv/category/equipo-ad-hoc/, para que todas y todos los interesados hagamos llegar nuestras propuestas de reforma a la Constitución.
Sobre este proceso existen múltiples opiniones, unas a favor y otras en contra. Estos sentires se producen respecto de los temas que, públicamente, el vicepresidente Félix Ulloa ha afirmado que podrían ser sujetos de una propuesta de reforma, tales como la reelección presidencial1, el funcionamiento de la Sala de lo Constitucional2, mecanismos de participación popular, entre otros asuntos relacionados a la funcionalidad o estructura del Estado.
Si bien es cierto, suena preocupante, y en mi caso estoy en desacuerdo, que miembros de la Comisión Ad Hoc expresen o planteen reformas de algunos puntos de la Constitución que son pilares esenciales de un país democrático; a la vez considero que un proceso de estudio, análisis y propuestas de reforma a la Constitución es necesario, puesto que la Constitución –al igual que otras leyes- puede perfeccionarse y responder de mejor manera a la realidad material de un Estado determinado.
Sin embargo, como ya dije, los aspectos que plantean reformarse están mayormente relacionados con la funcionalidad del Estado. Esto -a mi criterio- es ignorar que la Constitución, más allá de ser una herramienta de control al poder y de un pacto social para la adquisición de derechos y protección del Estado, es, también, una carta influenciada por la filosofía, la moral, cultura y las creencias de toda una sociedad.
Y es que para saber qué corriente filosófica influyó en nuestro Constituyente de 1983 basta con leer el prólogo de nuestra Constitución y su artículo 1, según los cuales la persona humana es el origen y fin de la actividad del Estado y, por lo tanto, todo el fundamento de la existencia del Estado es el respeto a la dignidad humana. Esta filosofía es conocida como el antropocentrismo.
El antropocentrismo, en palabras cortas, es la doctrina filosófica de origen europeo que concibe al ser humano y sus intereses como el centro de todo el universo. Bajo esta concepción, el resto de los seres vivos quedan supeditados a los intereses, necesidades y bienestar de los seres humanos3. Es decir, esta filosofía promueve toda relación de dominación por parte del ser humano sobre cualquier otra vida o bien, con la finalidad de satisfacer distintos intereses y necesidades.
Estas relaciones de dominación sobre cualquier vida no humana y, asimismo, sobre la naturaleza, nos ha llevado a una crisis civilizatoria ecológica, en la que la temperatura de los océanos aumenta, extinción acelerada de animales, derretimiento de glaciares, contaminación del agua, los río se secan, y todos los demás fenómenos que el cambio climático conlleva. Toda esta crisis es provocada por el ser humano –estructuras de poder- y es sufrida por todos los seres vivos –el ser humano y la naturaleza-.
Frente a esta crisis, Ecuador, en el año 2008, emite la Constitución de Montecristi, la cual es inspirada o influenciada por la filosofía del Biocentrismo. Esta corriente sostiene que la vida en la tierra tiene valores en sí misma, y que estos valores son independientes de la utilidad del mundo no-humano para los propósitos humanos4. De esta forma, el biocentrismo es una ruptura radical del antropocentrismo.
El biocentrismo es colocar en el centro del universo la vida en sí misma, independientemente de ser humana o no, es concebir otras formas de vida con un valor propio e inherente que merece respeto y, en consecuencia, no concebir como bienes materiales para satisfacer necesidades humanas. Las relaciones de dominación con la naturaleza dejan de existir y, en este sentido, el ser humano se coloca como parte de la naturaleza y como miembro de todo un universo lleno de vida.
Esta postura es parte integrante de lo que en América Latina se conoce como “El Constitucionalismo ecológico o nuevo constitucionalismo”, en donde la tierra y todos los seres de la naturaleza son titulares de derechos. Esta doctrina promueve que las Constituciones modernas abandonen el arraigado antropocentrismo y el paradigma de dominus, del ser humano como señor y dominador de la naturaleza y de la tierra.
El constitucionalismo ecológico ha permeado no solo en la Constitución de Ecuador, sino también en la de Bolivia y Colombia; de esta forma, estas Constituciones no solo son herramientas de control jurídico del poder político, sino también instrumentos de cambio sistémicos o estructurales respecto de las relaciones entre el humano y la naturaleza.
En El Salvador, toda la discusión, al parecer, se centrará en aspectos relacionados a la democracia, al funcionamiento del Gobierno y el Estado; obviando otros aspectos de igual o mayor importancia, tales como la filosofía de nuestra Constitución, la cual, hoy en día, es la que ha provocado una crisis ecológica sin precedentes a nivel global y local. Por ello, es esencial que la Comisión, además de estudiar aspectos políticos y legales, revise la filosofía, la doctrina, las creencias, costumbres y cultura que nuestra Constitución posee; de esta forma, los cambios serán radicales y profundos.
1. https://gatoencerrado.news/2020/10/18/felix-ulloa-quiere-discutir-una-reforma-que-reduzca-el-plazo-para-la-reeleccion-presidencial/
2. https://elfaro.net/es/202009/el_salvador/24825/Gobierno-quiere-una-constituci%C3%B3n-que-cambie-el-funcionamiento-de-la-Sala-de-lo-Constitucional.htm
3. https://enciclopediadehistoria.com/antropocentrismo/
4. http://gudynas.com/publicaciones/articulos/GudynasBiocentrismoJusticiaEcologicaTRasa10.pdf
Debe estar conectado para enviar un comentario.