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Uso de mascarilla vuelve a ser obligatorio en Guatemala

Tomado de Prensa Libre

El uso de la mascarilla en Guatemala vuelve a ser obligatorio a partir de este lunes, luego que luego que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social publicó el Acuerdo Ministerial 190-2022 que contiene reformas a las disposiciones sanitarias implementadas por el coronavirus.

El pasado jueves 7 de julio el ministro de Salud, Francisco Coma, anunció que el uso de la mascarilla sería obligatoria nuevamente en Guatemala, debido a la alta positividad de casos de covid-19 en el país, que rondaba el 42%.

Señaló que se estaba elaborando el acuerdo ministerial para oficializar la nueva medida y este fue publicado este lunes 11 de julio.

El nuevo acuerdo es una reforma al Acuerdo Ministerial 158-2022 del Ministerio de Salud, de fecha 11 de mayo de 2022, que contiene el Sistema de Alertas Sanitarias y disposiciones sanitarias para la apertura a la nueva normalidad.

En el artículo 1 se reforma el artículo 4 del pasado acuerdo y queda de la siguiente manera: “Para la apertura de todas las actividades económicas, laborales, educativas en todos sus niveles, técnicas, de capacitación y de cuidado infantil, con el propósito de evitar el aumento en el contagio y transmisión del virus SARS-CoV-2, todos los habitantes de la República de Guatemala, independientemente de haber padecido o no la enfermedad de Covid-19 deben cumplir las siguientes disposiciones sanitarias obligatorias”.

El acuerdo agrega que: “Las autoridades locales, en consenso con sus lideres locales y representantes institucionales y las entidades públicas a través de sus autoridades y las entidades privadas, a través de sus representantes, podrán aumentar y nunca disminuir las disposiciones sanitarias antes descritas, difundiéndolas oportunamente a la población, grupo o jurisdicción aplicables”.

 

El viernes 13 de mayo Salud hizo la más reciente modificación al acuerdo ministerial 159-2021 en el que hace modificaciones al 158-2022, que había publicado el 12 de mayo y que contenía los sistemas de alertas sanitarias y disposiciones sanitarias. En esa modificación se establecía que el uso de mascarilla solo era obligatorio en espacios abiertos y cerrados en los municipios con alerta roja. Para los municipios en alerta naranja y amarilla solo se recomendaba el uso de mascarilla en espacios cerrados.

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